BOAM nº 7623 (21/03/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 17 de marzo de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (en adelante, LCREM) asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.
El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, para simplificar la organización de la Dirección General de Estrategia Urbana, que además pasa a denominarse Dirección General de Estrategia de Regeneración Urbana, en aras de una mayor eficacia y eficiencia en el desarrollo de sus funciones. Así, se plantea una nueva estructura organizativa de la Dirección General en la que se redefinen sus competencias y se suprimen tres de las cuatro Subdirecciones Generales hasta ahora existentes, manteniendo únicamente la Subdirección General de Planificación de la Movilidad Sostenible.
Asimismo, se reordenan las competencias de la Dirección General de Control de la Edificación, al asumir las atribuciones en materia de vivienda que hasta ahora residían en la Dirección General de Estrategia Urbana, y que ahora se incluyen en la Subdirección General de Edificación, que cambia su nombre por el de Subdirección General de Edificación y Ayudas a la Regeneración. Además, se suprime la Subdirección General de Disciplina y Control de la Edificación, cuyas competencias las asume la Subdirección General de Inspección Técnica, Gestión y Registro de Edificios que pasa a denominarse Subdirección General de Inspección Técnica de Edificios, Disciplina Urbanística y Control de la Edificación.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 17 de marzo de 2016,
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, en los términos que a continuación se indican:
Uno.- En el apartado 7.º del índice, relativo a la "Dirección General de Estrategia de Regeneración Urbana", se modifica su enunciado, que queda redactado en los siguientes términos:
"7.º- Dirección General de Estrategia de Regeneración Urbana".
Dos.- El apartado 1.º, relativo a la "Organización del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible", queda redactado en los siguientes términos:
"El Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos, Subdirecciones Generales y organismos, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:
1. Coordinación General de Planeamiento, Desarrollo Urbano y Movilidad:
1.1. Dirección General de Estrategia de Regeneración Urbana.
1.1.1. Subdirección General de Planificación de la Movilidad Sostenible.
1.2. Dirección General de Planeamiento y Gestión Urbanística.
1.2.1. Subdirección General de Actuaciones y Proyectos Urbanos.
1.2.2. Subdirección General de Planeamiento Urbanístico.
1.2.3. Subdirección General de Gestión Urbanística.
1.2.4. Subdirección General de Innovación Tecnológica e Información Urbanística.
1.2.5. Subdirección General de Patrimonio Municipal del Suelo.
1.3. Dirección General de Control de la Edificación.
1.3.1. Subdirección General de Edificación y Ayudas a la Regeneración.
1.3.2. Subdirección General de Inspección Técnica de Edificios, Disciplina Urbanística y Control de la Edificación.
1.4. Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras.
1.4.1. Subdirección General de Control de la Urbanización.
1.4.2. Subdirección General de Obras e Infraestructuras Urbanas.
1.4.3. Subdirección General de Arquitectura del Espacio Público.
1.4.4. Subdirección General de Implantación de Movilidad y Transportes.
1.4.5. Subdirección General de Conservación de Vías Públicas e Infraestructuras Públicas.
2. Secretaría General Técnica, con rango de Dirección General.
2.1. Subdirección General de Coordinación Institucional.
2.2. Subdirección General de Contratación y de Asuntos Generales.
2.3. Subdirección General de Régimen Jurídico.
3. Organismo Autónomo Agencia de Actividades".
Tres.- El apartado 7.º, relativo a la "Dirección General de Estrategia Urbana", queda redactado en los siguientes términos:
"7.º- Dirección General de Estrategia de Regeneración Urbana.
1. Competencias específicas.
1.1. Planificación de la movilidad sostenible:
a) Elaborar planes y programas de movilidad de la ciudad de Madrid respetando los criterios que se establezcan en materia de sostenibilidad por el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
b) Actualizar el Plan de Movilidad Ciclista a las nuevas estrategias urbanas.
c) Desarrollar planes de movilidad peatonal para la ciudad y los barrios con capacidad de crear una red de proximidad e identidad urbana en los Distritos.
d) Promover foros de participación ciudadana involucrados en el establecimiento de políticas de movilidad urbana en proyectos estratégicos de la ciudad de Madrid.