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BOAM nº 9110 (01/04/2022)
Área de Gobierno de Vicealcaldía

955

Acuerdo de 28 de marzo de 2022 de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración por el que se declara y delimita la zona saturada de Alcántara-Goya-Jorge Juan y aledañas del Distrito de Salamanca (Resolución 69 ZS 04.8).

Con fecha de 24 de marzo de 2022 el Concejal Presidente del Distrito de Salamanca propone la delimitación de zona saturada en su distrito, de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración. De la misma se extractan los siguientes datos:

 

Distrito: Salamanca.

 

Denominación de la zona saturada: Alcántara-Goya-Jorge Juan y aledañas.

 

Código de identificación: Resolución 69 ZS 04.8.

 

Ámbito de delimitación territorial de la zona saturada:

- La calle de Jorge Juan, entre la calle de Fernán González y la calle de la Fuente del Berro.

- La calle de la Fuente del Berro, entre la calle de Jorge Juan y la calle de Goya.

- La calle de Goya, entre la calle de la Fuente del Berro y la calle de Fernán González.

- La calle de Lombía, entre la calle de Goya y la calle de Hermosilla.

- La calle de Hermosilla, entre la calle de Lombía y la calle de Alcántara.

- La calle de Fernán Gonzalez, entre la calle de Goya y la calle de Alcalá.

- La calle de Alcántara, entre la calle de Hermosilla y la calle Don Ramon de la Cruz.

 

Según propuesta del distrito de fecha 24 de marzo de 2022, se delimita zona saturada a petición razonada del órgano competente del distrito una vez valoradas las circunstancias o condiciones que singularizan dicho ámbito con arreglo a los siguientes parámetros descritos en el artículo 26 ter.2 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración:

 

a) Alta ocupación: según los datos obtenidos por los servicios municipales de las mediciones que constan en el informe técnico correspondiente.

b) Elevado tránsito peatonal: la existencia del Wizink; por lo que es zona muy altamente transitada en días de espectáculos.

c) Afecciones medioambientales:

- Zona residencial, levemente ruidosa según la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica del Ayuntamiento de Madrid.

- Parcialmente afectada por la zona de influencia del Hospital Gregorio Marañón.

d) Cualquier otra circunstancia que quede acreditada mediante informe del órgano competente sobre la materia: quejas vecinales.

 

De esta manera, en aplicación del artículo 26 ter.2 de la ordenanza, la zona delimitada entre las calles de Jorge Juan, Fuente del Berro, Goya, Hermosilla, Fernán Gonzalez, Lombía y Alcántara, se puede considerar como zona saturada.

 

De conformidad con la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, las condiciones aplicables a las terrazas dentro del presente ámbito serán descritas expresamente en el correspondiente estudio de ordenación conjunta de la zona delimitada.

 

Independientemente de lo indicado en el párrafo anterior, la declaración de zona saturada lleva aparejada la retirada de las terrazas en banda de estacionamiento establecidas al amparo a la Resolución 51, de 14 de mayo de 2020, de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, que se encuentren situadas en esa zona, de conformidad con la disposición transitoria segunda, apartado 2.a) de la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero, por la que se modifica la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, de 30 de julio de 2013.

 

Finalmente, de conformidad con la disposición transitoria segunda, apartado 3 de la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero, la competencia para la delimitación de las zonas saturadas le corresponde a la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración.

 

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 ter 2 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, y en el apartado 3 de la disposición transitoria segunda de la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero, de modificación de la anterior, a propuesta del Concejal Presidente del Distrito de Salamanca, y previa deliberación de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, en su reunión de 28 de marzo de 2022,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar la zona saturada denominada Alcántara-Goya-Jorge Juan y aledañas del Distrito de Salamanca, acordando su delimitación, que estará comprendida por la calle de Jorge Juan, entre la calle de Fernán González y la calle de la Fuente del Berro; la calle de la Fuente del Berro, entre la calle de Jorge Juan y la calle de Goya; la calle de Goya, entre la calle de la Fuente del Berro y la calle de Fernán González; la calle de Lombía, entre la calle de Goya y la calle de Hermosilla; la calle de Hermosilla, entre la calle de Lombía y la calle de Alcántara; la calle de Fernán González, entre la calle de Goya y la calle de Alcalá; y la calle de Alcántara, entre la calle de Hermosilla y la calle Don Ramon de la Cruz; de conformidad al informe técnico, una vez constatada la concurrencia de los parámetros definidos en los apartados a), b), c) y d), del artículo 26 ter.2 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, y en el plazo previsto en la disposición adicional segunda, apartado 3 de la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero.

 

SEGUNDO.- Como consecuencia de lo anterior, declarar de aplicación la extinción de la autorización de las terrazas en banda de estacionamiento, concedidas al amparo a la Resolución 51, de 14 de mayo de 2020, de la Comisión de Terrazas, que se encuentran incluidas en el ámbito de delimitación de esta zona saturada, que será dispuesta por decreto de la concejalía presidencia competente, ordenando expresamente su retirada, en los términos previstos en la disposición transitoria primera, apartado 2.a), de la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero.

 

Las autorizaciones de terrazas afectadas por lo dispuesto en el párrafo anterior son las que se relacionan a continuación:

 

- 104/2020/02025: calle Alcántara, número 15.

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