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BOAM nº 8655 (05/06/2020)
Distrito de Barajas

788

Decreto de 3 de junio de 2020 de la Concejala Presidenta del Distrito de Barajas por el que se reabre el mercadillo del Distrito de la calle de Ayerbe, s/n, de conformidad con las medidas fijadas por el Ministerio de Sanidad en aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Con motivo de la evolución de la situación provocada por el Coronavirus (COVID-19) y en cumplimiento de las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de Sanidad, la Comunidad de Madrid ha adoptado una serie de medidas en relación con el desarrollo de determinadas actividades, algunas de las cuales afectan a los servicios prestados por el Ayuntamiento de Madrid y gestionados desde los Distritos.

 

Por Decreto de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana, de 12 de marzo de 2020 se adoptó, como medida preventiva, la suspensión del funcionamiento de los mercadillos de los Distritos. Posteriormente, por Decreto de 25 de marzo de 2020 se acordó extender las medidas de suspensión de actividades recogidas entre otros, en el Decreto de 12 de marzo mencionado, para alinearlas con las adoptadas en el marco del Estado de Alarma, por el Gobierno de la Nación.

 

Con fecha 20 de mayo de 2020, mediante Decreto de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana se ha levantado la suspensión del funcionamiento de los mercadillos de forma que cada Distrito pueda determinar, mediante el correspondiente decreto, las condiciones particulares de reapertura y funcionamiento de cada uno de los mercadillos de sus Distritos en cumplimiento de las condiciones de seguridad e higiene determinadas por la autoridad competente.

 

Dichas condiciones se han fijado en las órdenes aprobadas por el Ministerio de Sanidad, específicamente la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y la Orden SND/414/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

 

Esta última Orden, en la disposición final primera, introduce una modificación a la Orden SND/388/2020, de 3 de mayo, por la que se establecen las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios, y la apertura de archivos, así como para la práctica del deporte profesional y federado, que regula el funcionamiento de la fase 0 o inicial.

 

La modificación incorporada permite la aplicación, en la fase 0 o inicial, de algunas de las medidas previstas en la fase 1 y reguladas en la Orden 399. Entre ellas, se permite la aplicación del Capítulo III de esta última Orden y, por tanto, la apertura de los mercadillos en la forma que en esta se establece.

 

En cumplimiento de dichas disposiciones, respecto de los mercadillos del Distrito que figuran en el presente decreto, se han establecido las medidas adecuadas que permiten su reapertura en condiciones de seguridad (medidas de higiene y seguridad, distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes) y se han determinado tanto el aforo permitido como el número de puestos que es posible habilitar.

 

En vista de lo expuesto y en virtud de la competencia atribuida al Concejal Presidente del Distrito de Barajas en el apartado 4º.1.1 y 2.7.e) 3º del Acuerdo de la Junta de Gobierno, de 25 de julio de 2019, de organización y competencias de los Distritos, procede dictar el presente

 

DECRETO

 

Primero.- Reabrir el mercadillo del Distrito que figura a continuación, respecto del que se ha constatado que cumplen con las medidas establecidas por la autoridad competente:

- Mercadillo del Distrito de Barajas sito en la calle de Ayerbe que se celebra cada sábado.

 

Segundo.- Habilitar los puestos que se relacionan en los anexos que se incluyen en este decreto y que suponen el 25% de los autorizados en el mercadillo y en los que se ha dado preferencia a los de productos alimentarios y de primera necesidad.

 

Los puestos reflejados en el Anexo I, son los autorizados para su instalación durante este periodo, y lo harán en grupos de 24 puestos, instalando alternativamente cada sábado que se celebre el mercadillo.

 

Deberán cumplir en todo momento, durante el desarrollo de su actividad, con las medidas de seguridad e higiene establecidas en el Anexo II de este decreto.

 

La instalación de los referidos puestos obedecerá y se llevará a cabo en los lugares previamente señalizados al efecto, en cumplimiento de los requisitos sanitarios, de higiene y seguridad que se estimen oportunos, tal y como se refleja en el plano del Anexo III.

 

Tercero.- Comunicar al órgano competente en materia de sanidad de la Comunidad de Madrid la reapertura del mercadillo previsto en este decreto.

 

Cuarto.- El presente decreto surtirá efecto en el momento de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es.

 

ANEXO I

 

Nº ORDEN

Nº PUESTO

APELLIDOS

NOMBRE

1

6

ABADÍA SUÁREZ

ABEL ALICIO

2

46

ALIMERCA NUEVA EUROPA

SOC. COOP.

3

52

ALSAMA FRUTAS, S.L.

S.L.

4

20

ARINCÓN PÉREZ

ALEJANDRO

5

15

BARNETO MONGE

ANTONIO

6

56

BÉJAR DEL RIVERO

MOISÉS

7

22

BLANFRUVER, S.L.

S.L.

8

11

BUJÁN FERNÁNDEZ-CABALLERO

CARLOS

9

61

CARMONA AMADOR

SAMUEL

10

62

CHAMORRO BERZAL

ALBERTO

11

3

DE LA COBA LUQUE

DOLORES

12

53

D`GUSTAR FRUTAS JULMAR, S.L.

S.L.

13

54

D´GUSTAR FRUTAS JULMAR, S.L.

S.L.

14

16

DISFRUTA PÉREZ, S.L.

S.L.

15

17

DISFRUTA PÉREZ, S.L

S.L.

16

64

DISFRUTA PÉREZ, S.L.

S.L.

17

65

DISFRUTA PÉREZ, S.L.

S.L.

18

49

DOMÍNGUEZ NAHARRO, C.B.

FRANCISCO

19

50

DOMÍNGUEZ NAHARRO, C.B.

JOSÉ

20

92

EL METMARY

ABDERRAHIM

21

79

FRUTAS SELECTAS TRIGO, S.L.

S.L.

22

23

FRUTAS Y VERDURAS LOS SALAOS, S.L.

S.L.

23

24

FRUTAS Y VERDURAS LOS SALAOS, S.L.

S.L.

24

18

GESTCOMERCIO NUEVA EUROPA

SOC. COOP.

25

37

GÓMEZ DELGADO

CARLOS

26

38

GÓMEZ PÉREZ

JUAN

27

63

GONZÁLEZ JIMÉNEZ

ANTONIO

28

45

GUILLÉN PÉREZ

JOSÉ

29

35

JIMÉNEZ FERNÁNDEZ.

ELÍAS

30

73

JIMÉNEZ GONZÁLEZ

NOEMÍ

31

72

JIMÉNEZ RODRÍGUEZ

NOEMÍ

32

32

LIMA SÁNCHEZ

MARIO JOSÉ

33

33

LÓPEZ GRACIA

BERNARDO

34

47

MONTAÑO SALAZAR

YOLANDA

35

93

NAVARRO BAUTISTA

JUAN ANTONIO

36

88

PARDO SILVA

SONIA

37

66

ROMO PANTOJA

CÉSAR AUGUSTO

38

67

ROMO PANTOJA

CÉSAR AUGUSTO

39

58

SAAVEDRA JIMÉNEZ

CRISTIAN

40

40

SILVA SAAVEDRA

ANTONIA

41

19

SILVESTRE MAQUEDA, C.B.

C.B.

42

14

SUÁREZ MÉNDEZ

MANUEL

43

91

VARGAS VARGAS

MARÍA ÁNGELES

44

76

VEAMGOVA, S.L.

S.L.

45

77

VEAMGOVA, S.L.

S.L.

46

68

VENTAMBUL, S.L.

S.L.

47

69

VENTAMBUL, S.L.

S.L.

 

Los puestos del 1 al 24 incluidos, instalarán el primer sábado de apertura del mercadillo (previsión para el próximo día 6 de junio de 2020), los puestos del 25 al 47 incluidos instalaran al siguiente sábado, y así sucesivamente mientras se mantengan los ratios de instalación de puestos del mercadillo en el 25% indicado por la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, o se proceda a la adopción de nuevas medidas.

 

Madrid, a 3 de junio de 2020.- La Concejala Presidenta del Distrito de Barajas, Sofía Miranda Esteban.

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