BOAM nº 6989 (23/08/2013)
Agencia de Gestión de Licencias de Actividades
1663
Resolución de 19 de agosto de 2013 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades por la que se modifica la autorización administrativa conferida a la entidad OCA & ENTECOI, S.L.Vista la solicitud y documentación presentadas, de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Gestión, Inspección y Control de Licencias de Actividades de fecha 19 de agosto de 2013, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 15.2 b) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (Agencia, en adelante), aprobados por Acuerdo de 25 de febrero de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid,
RESUELVO
Primero.- Modificar la autorización administrativa conferida a la entidad "OCA & ENTECOI, S.L.", por Resolución del Gerente de la Agencia de fecha 18 de abril de 2011, que le habilitó para desarrollar las funciones de verificación y control respecto de las comunicaciones previas y los procedimientos de concesión de licencias urbanísticas, toda vez que comunicada a la Agencia la fusión por absorción por parte de "OCA INSPECCIÓN, CONTROL Y PREVENCIÓN, S. A." (OCA ICP), como sociedad absorbente y acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 20 de la OGLUA, esta entidad debe ser la titular de la autorización administrativa, que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones derivados de la autorización concedida a "OCA & ENTECOI, S.L.".
Segundo.- La presente modificación surtirá efectos desde la fecha de su notificación, sin perjuicio de que, de la resolución se dé cuenta al Registro de Entidades Colaboradoras en la Gestión de Licencias Urbanísticas para su inscripción, publicándose en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la página web del Ayuntamiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien directamente, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 19 de agosto de 2013.- La Gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, María Dolores Molera González.