BOAM nº 10100 (07/04/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
1203
Decreto de 25 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2025-2026 y sus correspondientes bases.De conformidad con lo establecido en el art. 17.1 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 21 de julio de 2023, y a la vista de los informes del órgano instructor y de la Intervención,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades deportivas sin ánimo de lucro para la realización de actividades deportivas y de competición durante la temporada 2025-2026, aprobando las correspondientes bases, que se incorporan como anexo al presente decreto.
SEGUNDO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 25 de marzo de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.