Saltar navegación

BOAM nº 5864 (04/11/2008)
Distrito de Moncloa-Aravaca

2981

Resolución de 8 de julio de 2008 del Gerente del Distrito de Moncloa-Aravaca por la que se impone una sanción a Zongli Guo, expediente número 109/2008/417.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Moncloa-Aravaca, plaza de la Moncloa, 1.

 

Referencia: 109/2008/417. 

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de Moncloa-Aravaca.

Emplazamiento: Paseo Comandante Fortea, 16.

Interesado: Zongli Guo.

Hechos denunciados: Servicios higiénicos del personal: Se observa falta de limpieza. No dispone de vestuario y/o taquillas para el personal. No dispone de lugar adecuado para guardar los productos y útiles de limpieza. Almacén o trastienda: Se observa falta de limpieza, existiendo productos depositados directamente en el suelo. No se aprecia ventilación en la trastienda. En el cuarto de la basura almacenan bebidas.

Norma infringida: Artículo 123.1, 2 y 3 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (B.O.C.M. de 1 de julio de 2003). Artículos 32.4, 32.5, 17.7, 15.2, 15.3 y 22 de la Ordenanza de Comercio Minorista de Alimentación (B.O.C.M. de 28 de abril de 2003).

Calificación de la infracción: Leve de acuerdo con el artículo 127.2 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (B.O.C.M. de 1 de julio de 2003).

Importe de la sanción: 300 euros.

 

Contra la expresada Resolución podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso Potestativo de Reposición, ante el Gerente del Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la siguiente normativa:

Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, LRJPAC.

En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

II. Directamente, Recurso Contencioso-Administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 LRJPAC.

 

Madrid, a 8 de julio de 2008.- El Gerente del Distrito de Moncloa-Aravaca, Carlos José González Moreno.

Subir Bajar