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BOAM nº 7065 (11/12/2013)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

2379

Decreto de 26 de noviembre de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se nombra a D.ª Nieves González García funcionaria de carrera en la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid.

Por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 14 de marzo de 2008 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 5.802, de 1 de abril de 2008) se convocaron pruebas selectivas para proveer 115 plazas en la categoría de Auxiliar Administrativo en ejecución del Proceso de Consolidación de Empleo Temporal del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 20 de febrero de 2003.

 

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador remitió la relación de aspirantes que habían aprobado por orden de puntuación, proponiendo su nombramiento como funcionarios de carrera en la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid. En dicha relación no se incluyó a Doña Nieves González García, puesto que no había alcanzado la puntuación exigida para estar incorporada en la citada lista.

 

Por Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 31, de 10 de octubre de 2011, recaída en el Procedimiento Abreviado n.º 484/2010 promovido por la citada interesada, se establecía:

 

"Estimar sustancialmente el presente recurso contencioso administrativo interpuesto por D.ª NIEVES GONZÁLEZ GARCÍA, contra la resolución del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Madrid, de fecha 15 de febrero de 2010, que resolvió desestimar el recurso de alzada contra el Acuerdo de 16 de octubre de 2009 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para proveer, en ejecución del proceso de consolidación, 115 plazas de Auxiliar Administrativo, acordando desestimar la reclamación formulada por la interesada contra la calificación que en concepto de experiencia profesional le fue otorgada en la fase de concurso y hacer pública la relación de aprobados en dicho proceso; resoluciones que se anulan por no ser conformes a Derecho, y en consecuencia, se declara el derecho de la actora a que se proceda a valorar de nuevo el apartado "experiencia profesional" de la fase de concurso en los términos expuesto en el FD. 3º, otorgándole 40 puntos en el apartado "experiencia profesional" con arreglo a los méritos invocados, con el resultado que ello derivare en el proceso selectivo u eventual inclusión, si a ello hubiere lugar, en las listas de aprobados".

 

A la vista de las actuaciones remitidas por el Tribunal Calificador de estas pruebas selectivas en relación a la ejecución de la Sentencia referida, se modifica la puntuación de D. ª Nieves González García que pasa a tener 138,33 puntos, debiendo ser incluida en la lista de aprobados del proceso selectivo.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para nombrar al personal funcionario de carrera y adjudicarle sus destinos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 j) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario de carrera, los artículos 9 y 10 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, y en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 j) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013,

 

DISPONGO

 

Primero.- Nombrar funcionaria de carrera en la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid a la aspirante que se relaciona en el Anexo de este Decreto con indicación del destino que se le adjudica, en ejecución de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31, de 10 de octubre de 2011, recaída en el Procedimiento Abreviado nº 484/2010. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 14 de marzo de 2008 (Boletín del Ayuntamiento de Madrid nº 5.802, de 1 de abril de 2008), para proveer 115 plazas de esta categoría, las cuales se integran en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, que corresponden al Grupo C, Subgrupo C2 de titulación, de los previstos en el artículo 76 y en la Disposición Transitoria Tercera del vigente Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.

 

Segundo.- Para adquirir la condición de funcionaria de carrera en la categoría de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Madrid, la aspirante relacionada en el Anexo deberá tomar posesión en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Tercero.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del Decreto recurrido.

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 26 de noviembre de 2013.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.

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