BOAM nº 6070 (25/11/2009)
Agencia Tributaria Madrid
2266
Acuerdo de 18 de septiembre de 2009 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por el que se modifica el Acuerdo del Consejo Rector del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de 25 de noviembre de 2008, por el que se establece la estructura administrativa del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid.Según lo dispuesto en el artículo 7.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobados por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 22 de diciembre de 2008, corresponde al Consejo Rector aprobar la organización o estructura administrativa de la Agencia Tributaria Madrid, previo informe del Área competente en esta materia.
Al amparo de dichas previsiones, el Consejo Rector, mediante Acuerdo de 25 de noviembre de 2008, estableció la estructura administrativa de la Agencia Tributaria Madrid.
Asimismo, mediante Acuerdo de 13 de mayo de 2009, el citado Consejo Rector delegó en el titular de la Dirección del Organismo la competencia para aprobar la organización o estructura administrativa de la Agencia Tributaria previo informe del Área competente.
Por razones organizativas, se requiere introducir una modificación en la estructura administrativa del Organismo, en lo relativo a la composición de la Subdirección General de Recaudación, consistente en el cambio de adscripción del Área de Relaciones Externas al Servicio de Bancos y Contabilidad Recaudatoria, procedente del Departamento de Planificación y Gestión.
En consecuencia con lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las competencias delegadas por el Consejo Rector del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, mediante Acuerdo adoptado en su reunión de 13 de mayo de 2009, y previo informe de la Dirección General de Organización y Régimen Jurídico del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública,
ACUERDA
PRIMERO.- Modificar la estructura administrativa del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobada por Acuerdo del Consejo Rector de 25 de noviembre de 2008, en los siguientes términos:
La Subdirección General de Recaudación se estructura en las unidades administrativas que se indican a continuación, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la correspondiente relación de puestos de trabajo:
4. Subdirección General de Recaudación.
4.1.1. Servicio de Recaudación Voluntaria.
4.1.1.1. Departamento de Recaudación Voluntaria.
4.1.1.2. Departamento de Gestión de Expedientes.
4.1.2. Departamento de Planificación y Gestión.
4.1.3. Servicio Jurídico-Administrativo.
4.1.3.1. Departamento de Régimen Jurídico-Administrativo.
4.1.4. Servicio de Gestión Recaudatoria y Relaciones con los Contribuyentes.
4.1.4.1. Área de Gestión Recaudatoria.
4.1.5. Servicio de Bancos y Contabilidad Recaudatoria.
4.1.5.1. Área de Relaciones Externas.
SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio, si procede, de la correspondiente modificación de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla presupuestaria, así como de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Consejo Rector del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid en la primera sesión que se celebre tras su aprobación.
Madrid, a 18 de septiembre de 2009.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Rosa Ana Navarro Heras.