BOAM nº 8057 (22/12/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
2733
Acuerdo de 20 de diciembre de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Públicos para el año 2017, excluidas las plazas de turno libre correspondientes al personal de Policía Municipal y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.El presente Acuerdo tiene por objeto la aprobación de la Oferta de Empleo Público (OEP) del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Públicos para el año 2017, excluidas las plazas de turno libre correspondientes al personal de Policía Municipal y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios cuya Oferta Pública de Empleo se aprobó por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 28 de septiembre de 2017, de conformidad con lo establecido en el artículo 91.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artículo 70 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 (LPGE).
En esta OEP para el ejercicio 2017 (Anexo I), se incorporan plazas en los sectores prioritarios como el de control y lucha contra el fraude fiscal, laboral, de subvenciones públicas y en materia de Seguridad Social, del control de la asignación eficiente de los recursos públicos, que se han agrupado con las plazas dedicadas al asesoramiento jurídico y la gestión de recursos públicos (artículo 19.Uno.2.LPGE, letras E) y F); plazas de personal que presta asistencia directa a los usuarios de los Servicios Sociales que se ha agrupado con las plazas de personal que realiza la gestión de prestaciones y políticas activas en materia de empleo (letras O) y P) del citado artículo); y también plazas en los nuevos sectores prioritarios delimitados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado, como son el de seguridad y emergencias (letra Q) y el de atención a la ciudadanía en los servicios públicos (letra S) para garantizar su prestación sin que se produzca merma en su calidad.
Por último se han incorporado plazas en el resto de sectores no prioritarios.
Igualmente, en el Anexo II, como una de las medidas de planificación de recursos humanos que tiene como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y que debe ser facilitada por la Administración como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y requisito necesario para la progresión en la carrera profesional desde niveles inferiores a los superiores, se incorporan plazas destinadas a la promoción interna cuyos procesos selectivos se podrán convocar conjuntamente con las convocatorias ordinarias de nuevo ingreso, o mediante convocatoria independiente, tanto del personal funcionario de la Escala de Administración General y de la Escala de Administración Especial, como de personal laboral, todo ello en aplicación del artículo 7 del Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes a personal funcionario y laboral para el periodo 2012-2015.
Esta Oferta de Empleo Público cumple las previsiones del artículo 19 de la Ley 3/2017 de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, toda vez que las plazas que se incluyen en la misma, se mantienen dentro del límite del 100 por ciento de la Tasa de Reposición de Efectivos respecto a los sectores enumerados en el artículo 19.Uno.2 y del 50 por ciento en el resto de los sectores.
Para hacer efectiva la aplicación del principio de igualdad de hombres y mujeres en el acceso al empleo público y en cumplimiento de lo previsto en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el presente expediente de OEP 2017 se incorpora por primera vez un Informe de Impacto de Género, cuyo objetivo final es recabar la información necesaria y realizar los oportunos análisis para detectar posibles desigualdades entre mujeres y hombres que puedan producirse en el desarrollo de la OEP, de manera que se determine si su aplicación en el Ayuntamiento de Madrid produce un efecto equivalente para ambos.
Esta propuesta de Oferta de Empleo Público ha sido objeto de negociación en la sesión de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos celebrada el 15 de noviembre de 2017.
La competencia para la aprobación de la Oferta de Empleo Público corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y artículo 4.2 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por el Pleno en sesión de 22 de diciembre de 2005 (BOCM 28 de febrero de 2006).
El Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y competencias de la Gerencia de la Ciudad, en su artículo 3º, apartado 2.6., atribuye al titular de la Gerencia de la Ciudad la competencia para:
"g) Elevar a la Junta de Gobierno el proyecto anual de oferta de empleo público, en la que se integrarán las plazas de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos públicos".
En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 20 de diciembre de 2017,
ACUERDA
Primero.- Aprobar la Oferta de Empleo Público para el año 2017 de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Públicos, excluidas las plazas de turno libre correspondientes al personal de Policía Municipal y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios cuya Oferta Pública de Empleo se aprobó por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 28 de septiembre de 2017, con el número de plazas de Personal Funcionario y Laboral que figura en los Anexos, con indicación de las categorías profesionales en que se distribuyen y para cuya ejecución existe suficiente consignación presupuestaria con cargo al vigente presupuesto.
Segundo.- Las bases de las convocatorias a realizar contendrán el sistema de selección que se determine, dentro del marco legal vigente, debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad consagrados en la Constitución, así como en el marco de lo establecido la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Tercero.- Por motivos de eficacia en la gestión de las convocatorias derivadas de la presente Oferta de Empleo Público, éstas podrán incorporar plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público de ejercicios anteriores que, estando consignadas presupuestariamente, aún no hubiesen sido convocadas. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años a contar desde la fecha de la publicación del presente Acuerdo.
Cuarto.- El presente Acuerdo se remitirá a la Administración General del Estado y se publicará en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 20 de diciembre de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, Pilar Aguilar Almansa.