BOAM nº 6278 (27/09/2010)
Distrito de Villa Vallecas
1818
Decreto de 7 de junio de 2010 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se deniega la solicitud de autorización de terraza de veladores a Montajes Alvic, S.L., expediente número 120/2010/02007.El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, mediante Decreto de fecha 7 de junio de 2010, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid mediante Acuerdo dictado el 18 de junio de 2007, ha dispuesto lo siguiente:
"Denegar la autorización solicitada por Montajes Alvic, S.L. para instalación de terraza de veladores en la calle Cañada del Santísimo, 11, por carecer el establecimiento principal de la preceptiva licencia de funcionamiento, todo ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores, Quioscos de Hostelería y Otras Instalaciones Especiales y de conformidad con el informe jurídico de fecha 21 de mayo de 2010 y, en consecuencia, archivar el presente expediente.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente".
Madrid, a 7 de junio de 2010.- El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, Ángel Garrido García.