BOAM nº 10139 (03/06/2026)
Ayuntamiento Pleno
2098
Resolución de 1 de junio de 2026 de la Presidencia del Pleno por la que se modifica el apartado quinto de la resolución de enero de 2020, que regula la asistencia del público a las sesiones del Pleno y de sus Comisiones Permanentes.El Reglamento Orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004 (en adelante, ROP), establece en su artículo 36, que el Presidente del Pleno, en su condición de órgano de dirección del mismo, asegura la buena marcha de sus trabajos, convoca y preside las sesiones, dirige los debates y mantiene el orden de los mismos. Asimismo, añade que corresponde al Presidente cumplir y hacer cumplir el Reglamento, interpretándolo en caso de duda y supliéndolo en caso de omisión.
Por otra parte, el artículo 37 del ROP dispone que "La Presidencia del Pleno le corresponde al Alcalde, quien podrá delegarla, cuando lo estime oportuno, en uno de los concejales".
En uso de esta facultad, fue dictado Decreto por el Alcalde, de fecha 17 de junio de 2023, de delegación del ejercicio de las competencias de la Presidencia del Pleno, en el concejal de la Corporación don Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita. El artículo 1.1.e) de este decreto le atribuye, en particular, la competencia para dictar las resoluciones que sean necesarias para la interpretación, aplicación e integración de dicho Reglamento.
Asimismo, el artículo 55 del ROP establece que las sesiones del Pleno son públicas, atribuyendo este mismo carácter a las sesiones de las Comisiones en el artículo 123, sin perjuicio, en ambos casos, de que puedan ser secretos el debate y votación de aquellos asuntos que puedan afectar al derecho fundamental de los ciudadanos a que se refiere el artículo 18.1 de la Constitución Española, cuando así se acuerde por mayoría absoluta.
Resulta necesaria la actualización del apartado quinto de la Resolución del Presidente del Pleno de 21 de enero de 2020, que establece el número de invitados a las sesiones de pleno y de las comisiones que corresponde a cada grupo municipal, toda vez que, como resultado de las últimas elecciones municipales celebradas el 28 de mayo del 2023, ha variado tanto el número de grupos municipales que forman el Pleno, como el número de concejales integrados en cada uno de ellos.
Esta actualización supone la modificación del apartado quinto de la resolución de 21 de enero de 2020, para ajustar el número de invitaciones reservadas para las comisiones.
En virtud de todo lo anterior, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar el apartado quinto de la resolución de 21 de enero de 2020, que queda redactado en los siguientes términos:
"QUINTO.- 2.- Número de invitaciones reservadas para el Salón de Comisiones en el mandato corporativo 2023-2027.
Por lo que respecta al Salón de Comisiones situado en la planta sótano de la plaza de la Villa, n.º 4, el aforo para público es de 16 plazas que se repartirán entre los diferentes grupos políticos municipales, de manera proporcional a su representación en el Pleno, reservándose seis para el público general, con arreglo a la siguiente distribución:
• Cinco para el Grupo Municipal Popular.
• Dos para el Grupo Municipal Más Madrid.
• Dos para el Grupo Municipal Socialista.
• Una para el Grupo Municipal Vox.
• Seis para el público general".
SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde el mismo momento de su firma, sin perjuicio, en su caso, de su publicación oficial.
Madrid, a 1 de junio de 2026.- El Presidente del Pleno, Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita.