BOAM nº 8796 (29/12/2020)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal
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Resolución de 23 de diciembre de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual y se convocan plazas de dicha categoría.Por la Subdirección General de Selección se ha formulado propuesta de aprobación de las bases por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Personal Oficial Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual y la convocatoria de 29 plazas de la mencionada categoría.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.307, de 2 de enero de 2019) las bases fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en su reunión de fecha 14 de diciembre de 2020.
Por Acuerdo de 13 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2018 (BOAM núm. 8.299, de 17 de diciembre de 2018) que incluye 26 plazas de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid, de las cuales 6 plazas se reservan para personas con discapacidad intelectual, por Acuerdo de 5 de diciembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2019 (BOAM núm. 8.541, de 12 de diciembre de 2019) que incluye 60 plazas de la misma categoría, de las cuales 14 plazas se reservan a personas con discapacidad intelectual, y por Acuerdo de 10 de diciembre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2020 (BOAM núm. 8.787, de 14 de diciembre de 2020), que incluye 20 plazas de la misma categoría, de las cuales 9 plazas se reservan a personas con discapacidad intelectual.
Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y en el I Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 15 de diciembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 7.806, de 19 de diciembre de 2016) consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11º.1.2 b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (Boletín Oficial de La Comunidad de Madrid núm. 168, de 17 de julio de 2019), modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.573, de 3 de febrero de 2020), corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.
Por todo cuanto antecede, vengo en aprobar la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria del proceso selectivo para proveer plazas de Personal Oficial Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, correspondientes a otras Agrupaciones Profesionales, según lo establecido en la Disposición Adicional Sexta del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su Disposición Transitoria Tercera.
Dichas bases figuran como anexo a la presente resolución.
SEGUNDO.- Convocar pruebas selectivas para proveer 29 plazas (6 plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2018, 14 plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2019 y 9 plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2020) de la categoría de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual.
TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de cero euros, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, en la que se establece una reducción del cien por cien de la tasa a favor de personas en situación de discapacidad igual o superior al 33%. Para la aplicación de esta reducción, el sujeto pasivo deberá aportar la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.
CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra B, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública el día 21 de julio de 2020 (Boletín Oficial del Estado núm. 201, de 24 de julio de 2020).
QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Todas las personas que participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid y en la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, el 26 de febrero de 2019 (artículo 38.2 y Anexo).
Los aspirantes deberán realizar la solicitud y aportar el documento de autoliquidación por importe de cero euros por el canal electrónico, a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea". Una vez relleno el impreso de autoliquidación que genera la aplicación por importe de cero euros, necesario para poder presentar la solicitud, debe firmar y registrar la solicitud.
En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación por importe cero euros, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.
En caso de que las solicitudes se presenten por los aspirantes en formato papel en cualquier oficina de asistencia del Ayuntamiento de Madrid u otra administración, el órgano gestor notificará la necesidad de subsanación de la solicitud, puesto que de no llevarse a cabo la presentación de la solicitud por los medios electrónicos indicados se tendrá por no presentada. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.