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BOAM nº 9556 (24/01/2024)
Agencia de Actividades

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Resolución de 22 de enero de 2024 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades por la que se modifica la autorización administrativa de la entidad colaboradora urbanística European Quality Assurance Spain, SL.

Vista la solicitud y documentación presentadas, de acuerdo con la propuesta formulada por la Subdirección General de Secretaría Técnica de fecha 19 de enero de 2024 y en virtud de las competencias atribuidas por el Acuerdo de 29 de junio de 223 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Modificar la autorización administrativa concedida por Resolución de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades de 10 de junio de 2014 y posterior Resolución de la Gerente de fecha 30 de mayo de 2023 por la que se autorizó con carácter definitivo a la citada entidad European Quality Assurance Spain, SL para actuar como entidad colaboradora urbanística en el ámbito de la Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables del Ayuntamiento de Madrid a favor de la entidad EQA Licencias Urbanísticas, SL, toda vez que como consecuencia del proceso de traspaso de la acreditación de la primera a favor de la segunda, ésta última se hace cargo de la actividad como entidad colaboradora urbanística, así como todos los medios personales y materiales relacionados con la citada actividad.

 

SEGUNDO.- La presente modificación surtirá efectos desde la fecha de su notificación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en el portal Web del Ayuntamiento de Madrid y el traslado de la misma al Registro de Entidades Privadas de Colaboración Urbanística de la Comunidad de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la presente notificación, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la presente notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

 

Madrid, a 22 de enero de 2024.- La Gerente del Organismo Autónomo la Agencia de Actividades (P.S. Decreto de 30 de noviembre de 2023 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad), la titular de la Oficina del Nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, Myriam Inmaculada Peón González.

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