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BOAM nº 8319 (21/01/2019)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Resolución de 26 de diciembre de 2018 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se hace público el Decreto de 21 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2018 con destino a la adquisición de vivienda de realojo por razones sociales derivado de la expropiación en el ámbito del APR 06.02 “Paseo de la Dirección”.

Artículo 1. Régimen Jurídico.

 

La presente convocatoria se rige por la siguiente normativa:

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante OBRS), por Acuerdo de Pleno de 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013), modificada por Acuerdo de Pleno de 31 de mayo de 2017 (BOCM número 138, de 12 de junio de 2017).

- Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, aprobado por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible de 14 de junio de 2016, modificado por Decreto del Delegado del Área de fecha 27 de septiembre de 2018.

- Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

- Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.

 

Artículo 2. Finalidad.

 

La presente convocatoria se enmarca dentro de las actuaciones a realizar por el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible como consecuencia del Acuerdo que el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en su sesión ordinaria 22/2016, celebrada los días 26 y 28 de octubre de 2016, adoptara en relación con la proposición 2016/8001608 y por la cual se estableció que por esa Área de Gobierno se propiciara una fórmula de compensación de los expropiados del APR 06.02 "Paseo de la Dirección" cuyos justiprecios fueron valorados por debajo de los asignados por sentencias judiciales del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y del Tribunal Supremo.

La convocatoria, así, tiene por finalidad proporcionar a los expropiados con derecho a realojo del APR 06.02 "Paseo de la Dirección" una subvención para la adquisición de una vivienda de realojo en los edificios que, destinados a tal fin, se definen en el artículo 5. La subvención a conceder se articula por aplicación analógica del artículo 19.1.a) del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 7/2015, que permite al expropiado con derecho a realojo optar entre la cuantía del justiprecio o la vivienda de realojo en el régimen en el que viniera siendo ocupada la vivienda expropiada.

Las subvenciones de la presente convocatoria se dirigen, por tanto, solo a aquellos expropiados que opten o hubieran optado ya por la adquisición de la vivienda de realojo. Su importe irá destinado a cubrir la diferencia entre el justiprecio reconocido al expropiado beneficiario y el valor de compra de la correspondiente vivienda de realojo a la EMVS, en tanto que titular de las mismas.

Esta iniciativa se promueve para adecuar el alcance de las actuaciones desarrolladas en el ámbito de intervención y las políticas públicas que impliquen oferta de vivienda por razones sociales, implementando soluciones que remuevan los obstáculos que genera la dilación del procedimiento de gestión urbanística ante el ejercicio efectivo del derecho de realojo de los afectados, que impidan el desequilibrio territorial y que fomenten la cohesión social.

Con la medida se pretende evitar que los expropiados afectados con derecho a realojo puedan tener que verse obligados a abandonar el ámbito de la población y su zona de residencia como consecuencia del tiempo transcurrido entre el inicio de las actuaciones y la puesta a disposición de la vivienda de realojo.

 

Artículo 3. Objetivos generales o estratégicos.

 

Mantener la cohesión social del ámbito afectado por el proceso de gestión del APR 06.02 "Paseo de la Dirección", incidiendo sobre los aspectos que afectan a su repercusión social como consecuencia de los problemas derivados de los procedimientos expropiatorios prolongados y a la posibilidad de acceso a una vivienda de realojo reconocida.

 

Artículo 4. Objetivos operativos.

 

De conformidad con el Plan Estratégico de Subvenciones, la actuación subvencionable de la convocatoria persiguen los siguientes objetivos operativos:

Facilitar el acceso a la vivienda social de la ciudad de Madrid cuando en la misma se materializa el derecho de realojo, a los beneficiarios de tal derecho afectados por el proyecto expropiatorio del APR 06.02 "Paseo de la Dirección", derivados de procesos específicos de desarrollo urbanístico. Se trata de garantizar el realojo del beneficiario expropiado en concepto de propietario en una vivienda de reemplazo evitando los desajustes entre las condiciones de venta actual y el justiprecio expropiatorio abonado con anterioridad.

El efecto que se pretende es facilitar la consolidación, integración y mejora social del ámbito de actuación del planeamiento urbano.

 

Artículo 5. Ámbito objetivo.

 

El ámbito afectado por el proceso de gestión es el APR 06.02 del "Paseo de la Dirección", desarrollado mediante el sistema de expropiación por concesionario. Los edificios donde se ha realojado a los posibles beneficiarios se encuentran ubicados en el Paseo de la Dirección, números 283 y 285, de la ciudad de Madrid.

No obstante, en casos excepcionales, la vivienda podrá encontrarse fuera del ámbito, en los supuestos que determine la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A. (EMVS).

La titularidad de las viviendas a adquirir por los beneficiarios corresponde a la EMVS.

 

Artículo 6. Ámbito subjetivo.

 

1. Podrán ser beneficiarios las siguientes personas físicas:

1.1. Los expropiados como propietarios residentes de una vivienda en el APR 06.02. Paseo de la Dirección" hayan adquirido o no, a la fecha de la publicación de la convocatoria, la correspondiente vivienda de realojo.

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