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BOAM nº 10144 (10/06/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2212

Resolución de 5 de junio de 2026 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se formula la propuesta de resolución definitiva en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026.

El 18 de mayo de 2026 se formuló la propuesta de resolución provisional, conforme a lo prescrito en el artículo 18 de las bases de la convocatoria, en la que se relacionaban las solicitudes con propuesta de concesión (Anexo I) y las solicitudes con propuesta de desestimación indicando el motivo (Anexo II) de la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026 y concedió un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la referida propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones.

 

La resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 20 de mayo de 2026, finalizando el plazo para presentar alegaciones el 3 de junio de 2026.

 

Finalizado el plazo de alegaciones y analizados los escritos presentados se determina:

 

Desestimar las alegaciones presentadas por Dakia Umusic Hospitality Madrid, SLU, para el teatro Albéniz en las que manifiestan la existencia de un error material en el dato relativo al número de funciones realizadas en el Teatro Albéniz en la memoria presentada con la solicitud. Revisado el expediente la nueva documentación aportada en fase de alegaciones supone una subsanación fuera del plazo conferido al efecto.

 

Desestimar las alegaciones presentadas por Yelmo Films, S.L., para los cines Ideal, Islazul, Palafox y Plenilunio, en las que se procede a aportar la documentación completa y vigente que se solicitó en el plazo de subsanación y que fue aportada incompleta. Revisado el expediente la nueva documentación aportada en fase de alegaciones supone una subsanación fuera del plazo conferido al efecto y no puede sustituir la documentación que debió presentarse correctamente en el trámite de subsanación.

 

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.755.000 euros con la siguiente distribución presupuestaria:

 

A) Salas de Actividad Escénica. El importe total destinado a esta modalidad es de 1.210.950 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2026/001/130/334.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas".

 

B) Salas de Exhibición Cinematográfica. El importe total destinado a esta modalidad es de 544.050 euros, 2026/001/130/334.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas".

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de las bases para determinar la cuantía individual de cada ayuda, en función de la disponibilidad presupuestaria y teniendo en cuenta, a su vez, los importes máximos a conceder a cada entidad beneficiaria, que son para la modalidad A: 150.000 euros y para la modalidad B: 50.000 euros, las cuantías propuestas para cada una de las modalidades, una vez redistribuido el crédito sobrante de la modalidad B a la modalidad A, de conformidad con el artículo 5 de las bases de la convocatoria, son las siguientes:

 

- Modalidad A.: 1.226.552,52 €.

- Modalidad B.: 528.447,48 €.

 

Por todo lo anterior, una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución definitiva por este órgano instructor, en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de las correspondientes bases, y en artículo 24, apartado 4, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Formular la propuesta de resolución definitiva por la que se propone la concesión de subvenciones de la convocatoria pública de subvenciones destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026, con la puntuación y por los importes reflejados en el Anexo I.

 

La Comisión de Valoración constituida al efecto ha tenido en cuenta en la evaluación de los proyectos los criterios establecidos en las bases que rigen la convocatoria en el artículo 16 "Criterios de valoración":

 

Modalidad A. Salas de actividad escénica:

1. Número de producciones exhibidas en el espacio en 2025, hasta 15 puntos.

2. Número de funciones realizadas en el espacio en 2025, hasta 15 puntos.

3. Volumen de ingresos en el año 2025, hasta 15 puntos.

4. Mantenimiento de empleo en 2025, hasta 15 puntos.

5. Años de actividad empresarial del espacio en las artes escénicas, hasta 20 puntos.

6. Gasto en comunicación y publicidad de la sala realizados por el solicitante en 2025, hasta 20 puntos.

 

Modalidad B. Salas de exhibición cinematográfica:

1. Número de películas exhibidas en el espacio en 2025, hasta 20 puntos.

2. Número de sesiones realizadas en el espacio en 2025, hasta 20 puntos.

3. Ocupación del aforo de la sala en 2025, hasta 20 puntos.

4. Volumen de ingresos en el año 2025, hasta 15 puntos.

5. Años de actividad empresarial del espacio en la exhibición cinematográfica, hasta 10 puntos.

6. Gasto en comunicación y publicidad de la sala realizados por el solicitante en 2025, hasta 15 puntos.

 

SEGUNDO.- Conceder un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución definitiva en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para comunicar la aceptación o renuncia a la subvención (Anexo II).

 

En caso de no comunicar la aceptación o la renuncia en el plazo señalado se entenderá aceptada por el solicitante la propuesta de concesión.

 

TERCERO.- Desestimar las alegaciones presentadas por Dakia Umusic Hospitality Madrid, SLU, y Yelmo Films, S.L.

 

CUARTO.- Publicar la presente propuesta de resolución definitiva en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid en relación con el artículo 45 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

QUINTO.- La propuesta de resolución definitiva no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente al Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos mientras no se haya notificado, mediante publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, la resolución de concesión definitiva, conforme el artículo 27.4 de la de la OBRGS.

 

Madrid, a 5 de junio de 2026.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.

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