Saltar navegación

BOAM nº 9668 (05/07/2024)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2345

Propuesta de Resolución provisional de 3 de julio de 2024 del Director General de Programas y Actividades Culturales de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2024.

La Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 9 de febrero de 2024, a propuesta de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, acuerda iniciar los trámites administrativos correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2024.

 

La dotación económica prevista para esta convocatoria asciende a un importe total de 1.755.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2024/001/130/334.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas", con la siguiente distribución presupuestaria:

 

A) SALAS DE ACTIVIDAD ESCÉNICA

 

El importe total destinado a esta modalidad es de 1.210.950,00 euros, con la siguiente distribución por submodalidades:

 

A.1.- Salas de actividad escénica de formato medio: 121.095,00 euros.

 

A.2.- Salas de actividad escénica de formato grande: 1.089.855,00 euros.

 

B) SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA

 

El importe total destinado a esta modalidad es de 544.050,00 euros, con la siguiente distribución por submodalidades:

 

B.1.- Salas ubicadas en centros o complejos comerciales: 163.215,00 euros.

 

B.2.- Salas ubicadas en locales independientes con acceso directo por la vía pública: 380.835,00 euros.

 

La Titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 12 de marzo de 2024, dispone aprobar la convocatoria pública financiación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2024.

 

El 13 de mayo de 2024 se publica la convocatoria de referencia y sus correspondientes bases simultáneamente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM) n.º 113 y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, BOAM) n.º 9.630, en donde se establece un plazo de 10 días hábiles para la presentación de solicitudes, plazo que finalizaba el 28 de mayo de 2024.

 

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 de la convocatoria, y una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicó en el BOAM de 10 de junio de 2024 la resolución del Director General de Programas y Actividades Culturales de fecha 6 de junio de 2024, por la que se concedió un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su publicación, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reunían los requisitos de la convocatoria, plazo que finalizó el 24 de junio de 2024.

 

Una vez finalizado este trámite, la Comisión de Valoración constituida al efecto, ha procedido a evaluar las solicitudes presentadas y la documentación aportada por los solicitantes que concurren a la convocatoria. Valoradas las solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de las bases, las cuantías propuestas para cada de las submodalidades son las siguientes:

 

A.1.- Salas de actividad escénica de formato medio: 121.095,00 euros.

 

A.2.- Salas de actividad escénica de formato grande: 1.089.855,00 euros.

 

B.1.- Salas ubicadas en centros o complejos comerciales: 101.413,01 euros.

 

B.2.- Salas ubicadas en locales independientes con acceso directo por la vía pública: 379.059,43 euros.

 

A la vista de lo anterior y de conformidad con el artículo 5 de las bases se procede a redistribuir el crédito sobrante de la submodalidad B1 a las submodalidades A1, A2 y B2, siendo los importes a conceder en función de las submodalidades los siguientes:

 

A.1.- Salas de actividad escénica de formato medio: 127.554,90 euros.

 

A.2.- Salas de actividad escénica de formato grande: 1.130.047,46 euros.

 

B.1.- Salas ubicadas en centros o complejos comerciales: 101.413,01 euros.

 

B.2.- Salas ubicadas en locales independientes con acceso directo por la vía pública: 395.984,63 euros.

 

En la propuesta de resolución provisional se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 17 de las bases, referido al procedimiento de concesión y cuantía de la subvención, que establece en su punto 2 que "El importe máximo de subvención que podrá concederse a cada entidad beneficiaria será de 150.000 € en la modalidad A salas de actividad escénica, y de 50.000 euros en la modalidad B, salas de exhibición cinematográfica".

 

Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución provisional por este órgano instructor en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2024, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 a 18 de la correspondientes bases, y el artículo 24 apartados 1, 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Proponer la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I); solicitantes desestimados indicando el motivo (Anexo II) y solicitantes desistidos de su petición por falta de subsanación (Anexo III), de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2024.

 

La presente propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión definitiva, tal como establece el artículo 18.2 de las bases de la convocatoria.

 

SEGUNDO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de las bases de la convocatoria.

 

TERCERO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid en relación con el artículo 45 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 3 de julio de 2024.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.

Subir Bajar