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BOAM nº 9133 (09/05/2022)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

1380

Decreto de 4 de mayo de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales y ferias culturales 2022/2023.

El Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte para los años 2022-2024, incorpora entre otras, la línea de subvención 1 denominada "Apoyo al tejido cultural a través del establecimiento de ayudas a agentes sociales y culturales".

 

Esta línea persigue el objetivo específico de potenciar la proyección y difusión del tejido cultural hacia la sociedad y hacia el resto del tejido nacional e internacional, así como proteger, y consolidar la creación artística.

 

La autorización del gasto corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de acuerdo con lo prescrito en el artículo 17.1.g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su sesión de 28 de abril de 2022 ha adoptado el acuerdo por el que se autoriza el gasto de 3.300.000,00 euros destinado a la financiación de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a festivales y ferias culturales 2022/2023.

 

Por ello y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la ley 22/ 2006 de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,

 

DISPONGO

 

"PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a festivales y ferias culturales 2022/2023, aprobando las correspondientes bases que se adjuntan como anexo.

 

SEGUNDO.- Este decreto es definitivo en vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente".

 

Madrid, a 4 de mayo de 2022.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Andrea Levy Soler.

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