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BOAM nº 8065 (05/01/2018)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Resolución de 4 de enero de 2018 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la titular del Área, de fecha 27 de diciembre de 2017, de aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2017.

En virtud de las competencias que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015 y de conformidad con el artículo diecinueve de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, 

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 27 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la concesión parcial de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2017:

 

 A la vista de las actuaciones del expediente de referencia, de conformidad con el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

 

 DISPONGO

 

Aprobar la concesión de subvenciones, a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración en su sesión de 14 de noviembre de 2017, para la evaluación de la convocatoria de subvenciones destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2017, a las siguientes entidades por los importes que se indican:

 

BENEFICIARIOS

Total puntos

Importe

NADIE, NUNCA, NADA, NO ASOCIACIÓN CULTURAL / NADIE, NUNCA, NADA , NO

69,13

45.000,00 €

ASOC. CULTURAL STORM AND DRUNK / LET'S GET REAL HERE

62,38

29.592,20 €

ASOC. LA FACTORÍA DE PAPEL / LA FACTORÍA DE PAPEL

60,13

10.000,00 €

ASOC. FELIPAMANUELA / FELIPAMANUELA

69,29

28.065,60 €

ASOC. CULTURAL EL PLAN Z / MUSEO C.A.V. LA NEOMUDÉJAR

77,38

48.919,00 €

ASOC. ARTE OCULTO INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO / ESPACIO OCULTO MADRID

69,88

11.880,00 €

ASOC. CULTURAL CRUCE / CRUCE

67,63

23.220,29 €

ASOC. CULTURAL ATELLIER Y RESIDENCIA TEMPORAL / INTERCAMBIADOR A.C.A.R.T.

63,50

44.481,51 €

ASOC. CULTURAL NUEVO TEATRO FRONTERIZO / NUEVO TEATRO FRONTERIZO

63,75

29.300,78 €

ASOC. CULTURAL T MAYÚSCULA / OMNÍVOROS

69,00

11.690,89 €

  

De conformidad con el artículo 23 de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas espacios independientes de creación contemporánea 2017, el plazo de justificación será de tres meses a contar desde la finalización del plazo para la realización del proyecto subvencionado. La presente publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

 

Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

 Madrid, a 4 de enero de 2018.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, M.ª Teresa Jiménez Ortiz.

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