BOAM nº 9783 (19/12/2024)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
4500
Decreto de 17 de diciembre de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se aprueba la concesión definitiva de una subvención a Rajatabla Producciones, S.L., de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la creación contemporánea y a la movilidad nacional e internacional 2024/2025.Aprobada por la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la creación contemporánea y a la movilidad nacional e internacional 2024/2025, fue publicada de forma simultánea, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica municipal (https://sede.madrid.es) el 1 de abril de 2024.
Una vez cumplimentados todos los trámites del procedimiento, formulada propuesta de valoración de las solicitudes por la Comisión de Valoración, publicada la propuesta de resolución provisional el 2 de septiembre de 2024 concediendo un plazo de 10 días a los interesados para presentar alegaciones y reformulaciones a las solicitudes, publicada la propuesta de resolución definitiva el 14 de octubre de 2024, la entidad presenta la aceptación de la subvención en plazo en el registro electrónico, siendo esta remitida al órgano gestor con posterioridad a la publicación de la concesión. A raíz de la publicación del decreto de concesión, el 5 de diciembre de 2024, el solicitante comunica al órgano gestor su disconformidad al aparecer en el anexo de desistidos y aporta copia de la presentación en plazo de la aceptación.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de los artículos 15, 19 y 20 de la convocatoria y emitido informe de control de conformidad por la Intervención Delegada en Coordinación de Alcaldía, Vicealcaldía, Cultura, Turismo y Deporte a la propuesta de resolución definitiva, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/2006 de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de junio de 2023 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
DISPONGO
PRIMERO.- Aprobar la concesión definitiva de una subvención a Rajatabla Producciones, S.L., de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a la creación contemporánea y a la movilidad nacional e internacional 2024/2025, por un importe total de 15.036,46 euros.
En aplicación del artículo 23 de la convocatoria, el importe concedido y su pago se dividirán a partes iguales en cada uno de los ejercicios 2024 y 2025.
SEGUNDO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de las bases de la convocatoria, la ayuda concedida deberá destinarse a los gastos directamente originados por la realización del proyecto.
TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) en cumplimiento de lo establecido en el artículo 21 de la convocatoria, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
CUARTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse:
1.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el BOAM (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
2.- Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.
3.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 17 de diciembre de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.