BOAM nº 9461 (04/09/2023)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2479
Propuesta de Resolución provisional de 31 de agosto de 2023 del Director General de Programas y Actividades Culturales de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva para ayudas a compañías de artes escénicas 2023.La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 11 de abril de 2023, a propuesta de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, acuerda iniciar los trámites administrativos correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva para ayudas a compañías de artes escénicas 2023.
La dotación económica prevista para esta convocatoria asciende a un importe total de 800.000,00 euros, con la siguiente imputación presupuestaria:
- 640.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2023/001/130/334.01/479.99 Otras subvenciones a empresas privadas.
- 160.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2023/001/130/334.01/489.01 Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 9 de junio de 2022, acuerda autorizar el gasto de 800.000,00 euros para la financiación de subvenciones, en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas a compañías de artes escénicas 2023.
La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 19 de mayo de 2023 dispone aprobar la convocatoria pública financiación de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas a compañías de artes escénicas 2023.
El 24 de mayo se procede a publicar la convocatoria de referencia y sus correspondientes bases simultáneamente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM) n.º 122 y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, BOAM) n.º 9.389, en donde se establece un plazo de 10 días hábiles para la presentación de solicitudes, plazo que finalizaba el 14 de junio de 2023.
Por Resolución del Director General de Programas y Actividades Culturales de 23 de junio de 2023 publicada en el BOAM de 27 de junio de 2023, se concedió un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de las bases de la convocatoria, finalizando dicho plazo el 11 de julio de 2023.
Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución provisional por este órgano instructor en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva para ayudas a compañías de artes escénicas 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y 14 de la correspondientes bases y artículo 24 apartados 1, 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor
RESUELVE
PRIMERO.- Proponer la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I); solicitantes excluidos con indicación de los motivos de su exclusión (Anexo II) y solicitantes desistidos de su petición por falta de subsanación (Anexo III) de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva para ayudas a compañías de artes escénicas 2023.
La presente propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión definitiva, tal como establece el artículo 14.2 de las bases de la convocatoria.
SEGUNDO.- Conceder un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid para presentar alegaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 14 y 15 de las bases de la convocatoria.
TERCERO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid en relación con el artículo 45 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 31 de agosto de 2023.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.