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BOAM nº 10233 (14/10/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

3873

Decreto de 9 de octubre de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por el que se acepta la renuncia de Pablo Huetos Rodríguez a la subvención concedida, se declara la pérdida del derecho al cobro y se finaliza el procedimiento con el archivo del expediente en la convocatoria pública de subvenciones de ayudas destinadas a festivales y ferias 2026-2027.

Mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 13 de julio de 2026, publicado el día 23 de julio de 2026 (núm. 10.175), se resolvió la concesión de las subvenciones correspondientes a la convocatoria de festivales y ferias 2026-2027, resultando beneficiario Pablo Huetos Rodríguez, por el festival que lleva por título "IV y V encuentros periféricos 2026 y 2027 en la ciudad de Madrid", por un importe de 25.000,00 euros.

 

De forma previa a haberse hecho efectivo el abono de la citada subvención, el beneficiario presentó con fecha 25 de julio de 2026, su renuncia expresa a la ayuda concedida, alegando incompatibilidad de ésta con la convocatoria de ayudas de entidades productoras de compañías de teatro, circo, danza y títeres 2026, de la que también ha resultado beneficiario, por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 24 de septiembre de 2026.

 

A la vista de lo expuesto,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aceptar la renuncia y declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida a Pablo Huetos Rodriguez, en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a festivales y ferias 2026-2027, por tramitación anticipada del expediente, por el festival que lleva por título "IV y V encuentros periféricos 2026 y 2027 en la ciudad de Madrid", por un importe de 25.000,00 euros.

 

SEGUNDO.- Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.

 

TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

 

CUARTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse:

 

I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 9 de octubre de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.

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