Saltar navegación

BOAM nº 9461 (04/09/2023)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2480

Propuesta de Resolución provisional de 31 de agosto de 2023 del Director General de Programas y Actividades Culturales de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2023.

La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 21 de abril de 2023, a propuesta de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, acuerda iniciar los trámites administrativos correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2023. 

 

La dotación económica prevista para esta convocatoria asciende a un importe total de 1.755.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2023/001/130/334.01/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas", con la siguiente distribución presupuestaria:

 

A) SALAS DE ACTIVIDAD ESCÉNICA.

 

El importe total destinado a esta modalidad es de 1.210.950 €, con la siguiente distribución por submodalidades:

 

A.1. Salas de actividad escénica de formato medio: 121.095 €.

 

A.2. Salas de actividad escénica de formato grande: 1.089.855 €.

 

B) SALAS DE EXHIBICIÓN CINEMATOGRÁFICA.

 

El importe total destinado a esta modalidad es de 544.050 €, con la siguiente distribución por submodalidades:

 

B.1.- Salas ubicadas en centros o complejos comerciales: 136.012 €.

 

B.2.- Salas ubicadas en locales independientes con acceso directo por la vía pública:408.038 €.

 

La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 19 de mayo de 2023 dispone aprobar la convocatoria pública financiación de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2023.

 

El 2 de junio se procedió a publicar la convocatoria de referencia y sus correspondientes bases de forma simultánea en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM) n.º 130 y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, BOAM) n.º 9.396 en donde se establece un plazo de 10 días hábiles para la presentación de solicitudes, plazo que finalizaba el 16 de junio de 2023.

 

Por Resolución del Director General de Programas y Actividades Culturales de 22 de junio de 2023 publicada en el BOAM de 26 de junio de 2023, se concedió un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de las solicitudes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases de la convocatoria, finalizando dicho plazo el 10 de julio de 2023.

 

Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución provisional por este órgano instructor en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2023, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 a 16 de la correspondientes bases y artículo 24 apartados 1, 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor

 

RESUELVE

 

PRIMERO.- Proponer la resolución provisional de beneficiarios (Anexo I) de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2023.

 

La presente propuesta de resolución provisional no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se haya publicado la resolución de concesión definitiva, tal como establece el artículo 16.2 de las bases de la convocatoria.

 

SEGUNDO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para presentar alegaciones, de acuerdo con lo establecido en los artículos 16 y 17 de las bases de la convocatoria.

 

TERCERO.- Publicar la presente propuesta de resolución provisional en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento de Madrid en relación con el artículo 45 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 31 de agosto de 2023.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.

Subir Bajar