BOAM nº 9707 (02/09/2024)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
2879
Resolución de 27 de agosto de 2024 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a compañías de artes escénicas 2024.
El 10 de julio 2024, se procede a publicar la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a compañías de artes escénicas 2024 y sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante BOCM) nº 163 y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante BOAM) nº 9.671 simultáneamente, en donde se establece un plazo de 10 días hábiles para la presentación de solicitudes, plazo que finalizaba el 24 de julio de 2024.
Una vez realizadas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los documentos presentados junto con la solicitud, en relación con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia de ayudas a compañías de artes escénicas 2024 y, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de las correspondientes bases y en artículo 24 apartados 1, 2 y 3 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, como órgano instructor,
RESUELVO
PRIMERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reúnen los requisitos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a compañías de artes escénicas 2024, que se relacionan en el Anexo adjunto, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
SEGUNDO.- Publicar esta disposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), tal y como se establece en el artículo 12 de las Bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 27 de agosto de 2024.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.