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BOAM nº 9287 (21/12/2022)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

3651

Decreto de 19 de diciembre de 2022 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por el que se concede el “Premio Madrid Capital de Moda 2022” del Ayuntamiento de Madrid.

De conformidad con la propuesta emitida de 7 de diciembre de 2022 de la Directora General de Comercio y Hostelería, órgano instructor del procedimiento, a la vista del fallo del jurado constituido al efecto, y de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de 30 de octubre de 2013, y las bases que rigen la convocatoria.

 

En virtud de las competencias que me han sido atribuidas por Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (BOCM número 168, de 17 de julio de 2019),

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Otorgar el "Premio Madrid Capital de Moda 2022" al siguiente proyecto participante en la cuantía que se especifica:

 

- Proyecto presentado por Carlota Barrera, SL.

- Cuantía: 60.000,00 euros.

- Imputación presupuestaria: 001/140/43100/48203 "Premios", ejercicio 2022.

 

SEGUNDO.- El presente decreto se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en su sede electrónica (https://sede.madrid.es).

 

TERCERO.- Condición resolutoria: debido a las fechas de concesión del premio, así como a la necesidad de proceder al pago de la cantidad otorgada a la candidatura ganadora antes de la finalización del ejercicio 2022, la presente resolución queda condicionada a la posterior presentación por parte de Carlota Barrera, SL, de copia del convenio de colaboración formativa suscrito con un centro de formación (universidad o escuela) en el sector de la moda, en el que se especifique la identidad de un estudiante recién titulado que participará en la implementación y desarrollo del proyecto ganador, así como las condiciones en que se desarrollará su proceso de acompañamiento y tutorización. El incumplimiento por causas imputables al beneficiario de la presente condición podrá ser motivo de solicitud del reintegro de la cantidad económica concedida.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Delegado del Área de Economía, Innovación y Empleo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación del decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de los interesados utilicen cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

Madrid, a 19 de diciembre de 2022.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Miguel Ángel Redondo Rodríguez.

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