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BOAM nº 9692 (09/08/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

2755

Decreto de 6 de agosto de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la resolución de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de la economía social para la anualidad 2024.

Expediente 511/2023/15423

 

Por Decreto de 28 de diciembre de 2023 (BOAM número 9.570 de 13 de febrero de 2024) de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, modificado por Decreto de 31 de enero de 2024 (BOAM número 9.570 de 13 de febrero de 2024) se aprobó la convocatoria pública dirigida a la mejora de la financiación de las entidades de economía social para la anualidad 2024, en adelante la convocatoria.

 

De conformidad con el apartado 3.º del anexo a la convocatoria, el importe máximo estimado que se destinará a la concesión de estas subvenciones es de 350.000 euros, con cargo al presupuesto de gastos del ejercicio 2024. Esta cantidad se imputa a la aplicación presupuestaria 001/140/433.01/789.00 "Otras transferencias de capital a familias".

 

Por Decreto de 6 de junio de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda se declaró el desistimiento de 13 solicitudes, por los motivos que en cada caso se indican. Dicho decreto se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica el 11 de junio de 2024.

 

El procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva. Los miembros de la comisión de valoración se nombraron por Decreto de 30 de mayo de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.

 

El órgano instructor de las ayudas, la Directora General de Economía, a la vista del expediente y del informe de 17 de junio de 2024 emitido por la comisión de valoración, formuló propuesta de resolución definitiva con fecha 8 de julio de 2024, conforme el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que fue publicada el día 10 de julio de 2024 en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid indicándose un plazo de 5 días hábiles a los efectos previstos en el apartado 16.º 5 del anexo a la convocatoria.

 

Dos personas beneficiarias han presentado renuncia a la subvención por un importe total de 6.000 euros, liberándose crédito suficiente para atender la siguiente solicitud con informe favorable, por importe de 5.000 euros, sin necesidad de una nueva convocatoria, de conformidad con el apartado 17º.3 del anexo a la convocatoria, el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 28.2 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos.

 

En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por el apartado 3.º 1 9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la relación de beneficiarios de las subvenciones dirigidas a la financiación de la economía social para la anualidad 2024, de conformidad con la convocatoria aprobada por Decreto de 28 de diciembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOAM número 9.570 de 13 de febrero de 2024), modificado por Decreto de 31 de enero de 2024 (BOAM número 9.570 de 13 de febrero de 2024) por importe de 345.095,36 euros, según se detalla en el anexo I.

 

SEGUNDO.- Aprobar la relación de solicitantes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas fijadas para adquirir la condición de beneficiarios, no son estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria y se recogen en el anexo II.

 

TERCERO.- Aprobar la desestimación de las solicitudes de subvención que figuran en el anexo III por las causas que se indican en el mismo.

 

CUARTO.- Aceptar las renuncias a la ayuda presentadas por las solicitantes que constan en el anexo IV.

 

QUINTO.- De conformidad con el apartado 17.4 del anexo a la convocatoria, se dispone la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. Según lo establecido por el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos. Igualmente se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Conforme al artículo 17 de la OBRGS, y sin perjuicio de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las subvenciones concedidas se publicarán en el Portal de Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Madrid.

 

SEXTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 6 de agosto de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

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