BOAM nº 10194 (19/08/2026)
Coordinación General de la Alcaldía
3176
Resolución de 17 de agosto de 2026 de la Coordinación General de la Alcaldía por la que se conceden subvenciones de acuerdo con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la promoción y distribución de largometrajes, primer período selectivo, anualidad 2026.Aprobada por la Coordinación General de la Alcaldía la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la promoción y distribución de largometrajes 2025-2026, fue publicada de forma simultánea en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica municipal el 8 de enero de 2025.
Una vez cumplimentados todos los trámites del procedimiento relativos al primer periodo del año 2026, formulada la propuesta de valoración de las solicitudes por la comisión de evaluación, publicada la propuesta provisional de resolución el 1 de junio de 2026 concediendo un plazo de 10 días hábiles a los interesados para presentar alegaciones, publicada la propuesta definitiva de resolución el 16 de julio de 2026, resueltas las alegaciones presentadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de las bases reguladoras séptima, octava, vigésima tercera, vigésima quinta, vigésima sexta y vigésima séptima de la convocatoria y emitido informe de control de conformidad por la Intervención Delegada en Coordinación General de la Alcaldía, Vicealcaldía, Cultura, Turismo y Deporte a la propuesta definitiva de resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de la competencias atribuidas en el punto 3.º 1.9 del anexo del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía,
RESUELVE
PRIMERO.- Beneficiarios.
La concesión de ayudas a los solicitantes de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigida a la promoción y distribución de largometrajes del primer periodo de selección de la anualidad 2026, relacionados en el Anexo I (Beneficiarios), que asciende a 500.000 €, que se imputarán con cargo a aplicación presupuestaria 001/102/924.02/479.99 "Otras subvenciones a empresas privadas" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid.
SEGUNDO.- Denegados.
Denegar la concesión de ayudas a los solicitantes relacionados en el Anexo II al quedar agotado el crédito disponible, aunque el proyecto haya obtenido la valoración mínima de 60 puntos para obtener la condición de beneficiario, conforme a los previsto en la base séptima de la convocatoria.
TERCERO.- Orden de reserva.
Aprobar el orden de prelación establecido en el Anexo II para el supuesto de sustitución en caso de incumplimiento o renuncia de los solicitantes propuestos provisionalmente como beneficiarios en el Anexo I, o en caso de ampliación de crédito de acuerdo con lo establecido en la base octava de la convocatoria y en el artículo 58.2 RGS.
CUARTO.- Excluidos.
Aprobar la relación de solicitantes que se dan por excluidos (Anexo III) al no haber superado la puntuación mínima establecida en la base vigésima primera de la convocatoria.
QUINTO.- Renuncias.
Aceptar la renuncia de los solicitantes recogidos en el Anexo IV al haber manifestado su voluntad de no participar en este periodo selectivo.
SEXTO.- Desistidos.
Aprobar la relación de los solicitantes que se dan por desistidos (Anexo V) al no haber atendido el requerimiento de subsanación de documentación, conforme a lo previsto en la base reguladora vigésima.
SÉPTIMO.- Alegaciones.
En los supuestos en que se hayan presentado alegaciones a la propuesta provisional de resolución y estas no hayan sido estimadas o lo hayan sido parcialmente, la información publicada se complementará con una notificación electrónica individual a los beneficiarios en la que se detallarán los criterios para no haber sido tomadas en consideración y la causa para ello.
OCTAVO.- Pago.
De conformidad con los artículos 22 y 40 OBRGS, el importe de la subvención se abonará por anticipado y en un único pago, sin la obligación de prestar garantía, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la entidad beneficiaria en la solicitud, una vez publicada la resolución definitiva de concesión de la subvención.
NOVENO.- Reintegro.
En el caso de que las entidades beneficiarias incurran en incumplimiento de las obligaciones señaladas en la convocatoria, justificación de la subvención y destino de la subvención, ocultación o falseamiento de datos y requisitos exigidos en la misma o en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 41 OBRGS, procederá la revocación de la subvención y la obligación del reintegro total o parcial de las cantidades percibidas, más los intereses de demora que correspondan desde el momento del pago de la subvención.
DÉCIMO.- Publicidad de las subvenciones.
Las entidades beneficiarias están obligadas a hacer constar expresamente y de forma visible la participación del Ayuntamiento de Madrid en la financiación de las actuaciones subvencionadas mediante la inclusión en toda la publicidad impresa o digital relativa a la actividad subvencionada del logotipo del Ayuntamiento de Madrid, tal y como aparece publicado en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) Además, dicha colaboración se hará constar expresamente en el largometraje mediante la inserción en la cabecera y en cartela independiente, de la frase "con la financiación del Ayuntamiento de Madrid" seguida del logotipo.
La presente resolución no presupone el otorgamiento de autorización alguna para el desarrollo de la actividad subvencionada, ni exime de cuantos informes corresponda emitir, de conformidad con la normativa vigente y en virtud de sus distintas competencias, a otros órganos, ya sean de la administración municipal o de cualquier administración pública.