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BOAM nº 10003 (11/11/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

4151

Decreto de 5 de noviembre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la resolución de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad 2025.

Mediante Decreto de 30 de mayo de 2025 de la Delegada del Área de Economía, Innovación y Hacienda (BOAM número 9897 de 11 de junio de 2025), se aprobó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) en la anualidad 2025 (en adelante, la convocatoria).

 

En la gestión de la convocatoria ha actuado como entidad colaboradora la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid (en adelante, Cámara de Madrid), según lo establecido en el apartado 10.2 de la convocatoria. A estos efectos, el Ayuntamiento de Madrid y la Cámara de Madrid suscribieron un convenio el 19 de mayo de 2025, donde se regulaban las condiciones.

 

La entidad colaboradora, tal y como recoge el apartado 11.º de la convocatoria, debía emitir un informe en el que constara la relación de solicitantes que cumplieran los requisitos establecidos en esta, en orden de prelación, hasta el agotamiento de los fondos. Esta relación incluiría igualmente las subvenciones no concedidas y, en su caso, los desistimientos y las renuncias. Cámara de Madrid ha emitido su informe con fecha 10 de octubre de 2025.

 

A la vista de este, y del emitido por la Subdirección General de Economía e Industria el 24 de octubre de 2025, la Directora General de Economía, como órgano instructor de las subvenciones, formuló propuesta de resolución definitiva con fecha 27 de octubre de 2025, publicada con fecha 28 de octubre en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, concediendo un plazo de cinco días hábiles a los beneficiarios para aceptar la subvención.

 

En su virtud, de conformidad con las atribuciones conferidas por el apartado 3.º 1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la relación de beneficiarios de las subvenciones dirigidas a personas afiliadas al Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos en la anualidad 2025, de conformidad con la convocatoria aprobada por Decreto de 30 de mayo de 2025 de la Delegada del Área de Economía, Innovación y Hacienda (BOAM número 9897 de 11 de junio de 2025), por un importe total de 496.500 euros, según se detalla en el anexo I.

 

SEGUNDO.- Aprobar la desestimación de las solicitudes de subvención que figuran en el anexo II por las causas que se indican en el mismo.

 

TERCERO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento https://sede.madrid.es. De conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo los mismos efectos. Igualmente se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Conforme al artículo 17 de la Ordenanza de 30 de octubre de 2013, de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, y sin perjuicio de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las subvenciones concedidas se publicarán en el Portal de Gobierno Abierto del Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, se publicará en la web de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid https://ayudasautonomosmadrid.com.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, ante la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 45, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 5 de noviembre de 2025.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

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