BOAM nº 7387 (08/04/2015)
Ayuntamiento Pleno
768
Acuerdo de 27 de marzo de 2015 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del servicio de la Nave Boëtticher.El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:
"Aprobar el Reglamento de funcionamiento del servicio de la Nave Boëtticher, que figura como Anexo al presente Acuerdo, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid".
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3 e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.
Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Madrid, a 27 de marzo de 2015.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
ANEXO
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE LA NAVE BOËTTICHER
En el actual escenario de globalización económica, cultural y tecnológica, las ciudades, para ser competitivas, deben incorporar la innovación como una de las principales opciones estratégicas para la mejora del entorno urbano y de la calidad de vida de los ciudadanos. La innovación se erige en esta sociedad del conocimiento como la herramienta para optimizar el funcionamiento de los servicios públicos, consiguiendo un mejor aprovechamiento de los recursos públicos para lograr prestaciones adecuadas a las demandas ciudadanas.
En este contexto, la Nave Boëtticher, ubicada en el Distrito de Villaverde, se encuentra dotada de las condiciones adecuadas para su constitución como lugar de encuentro de proyectos de emprendimiento, culturales y de formación relacionados con las nuevas tecnologías y de colaboración entre ciudadanos, administraciones, empresas y universidades.
Se trata de un equipamiento público idóneo para un centro dedicado al apoyo al emprendimiento y la innovación, que permitirá vincular el Distrito de Villaverde con la economía del conocimiento y ofrecerá nuevas oportunidades de progreso para la ciudad de Madrid. Un nuevo centro destinado al fomento del sector tecnológico que constituirá, además, un foco de desarrollo del distrito.
La actividad principal de la Nave Boëtticher se centrará en conseguir el objetivo de apoyar el emprendimiento y la innovación en estas materias, así como la formación y la divulgación científica y técnica. Estas actividades no agotan el contenido del proyecto. La Nave Boëtticher dispone además de espacio para albergar otras actividades, que se podrán llevar a cabo a través de las correspondientes autorizaciones de uso de espacios marginales o sobrantes. En particular, esta es una vía adecuada para el desarrollo de eventos relacionados con la innovación, la tecnología, la sociedad de la información y la economía del conocimiento.
En ejercicio de sus competencias en materia de promoción económica, el Ayuntamiento de Madrid ya viene desarrollando actividades de fomento del emprendimiento y la innovación, a través de la gestión de centros de innovación tecnológica y la concesión de subvenciones, entre otros instrumentos. La puesta en marcha de la Nave Boëtticher se enmarca dentro de esta política.
La gestión de la Nave Boëtticher se desarrollará de forma directa por el Ayuntamiento de Madrid. Ello no obstante, se persigue la implicación de otros actores -administraciones, universidades, colegios profesionales, empresas, fundaciones- en el desarrollo de sus actividades, con el fin de aprovechar sus conocimientos y experiencia en un campo en el que la colaboración público-privada puede resultar especialmente valiosa.
Por todo lo expuesto, de conformidad con la competencia atribuida al Pleno en el artículo 11.1.d) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, se aprueba el siguiente Reglamento de funcionamiento del servicio de la Nave Boëtticher.
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación por el Ayuntamiento de Madrid en la Nave Boëtticher (en adelante, la Nave) de servicios relacionados con el fomento y desarrollo de la innovación para la mejora de la ciudad y de la calidad de vida de sus vecinos mediante el uso de las nuevas tecnologías, la divulgación científica y la colaboración entre ciudadanos, administraciones, empresas y universidades.
Artículo 2. Forma de gestión.
La gestión de la Nave se desarrollará de forma directa por el Ayuntamiento de Madrid a través de alguno de los medios contemplados en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid.
Artículo 3. Actividades a realizar.
1. Los servicios prestados en la Nave se centrarán en la realización de actividades para la consecución de tres objetivos principales, directamente relacionados con el destino de la Nave:
a) Fomento del emprendimiento y la innovación.
b) Divulgación científica y técnica.
c) Formación.
2. En los espacios sobrantes en cada momento se podrán albergar otras actividades, que se desarrollarán a través de las correspondientes autorizaciones de uso de espacios marginales.
3. Estas actividades se desarrollarán conforme a la legislación que resulte de aplicación y a las normas que a continuación se desarrollan.
CAPÍTULO II
Actividades principales
Artículo 4. Fomento del emprendimiento y la innovación.
1. Para fomentar el emprendimiento y la innovación en el ámbito de las nuevas tecnologías se desarrollará un modelo de innovación abierta a través de una incubadora de empresas orientada a facilitar el desarrollo de soluciones competitivas a los problemas y demandas de la ciudad y de los ciudadanos. Se fomentará especialmente un modelo de trabajo colaborativo entre las "startups", el Ayuntamiento de Madrid, otras Administraciones Públicas, las universidades, los colegios profesionales y las empresas.
2. La selección de proyectos por el Ayuntamiento se realizará mediante convocatoria pública y continua para la constitución de una bolsa de proyectos empresariales y para las correspondientes autorizaciones de uso.
Artículo 5. Divulgación científica y técnica.