BOAM nº 10009 (19/11/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
4294
Resolución de 6 de noviembre de 2025 de la Directora General de Economía por la que se aprueban las normas que regulan los servicios prestados en la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid, y las bases de la convocatoria pública para el acceso a dichos servicios y a la concesión demanial de naves industriales.Las Factorías Industriales del Ayuntamiento de Madrid son infraestructuras de titularidad pública destinadas a la consolidación de empresas industriales y servindustriales. Combinan el asesoramiento en la gestión empresarial y la prestación de unos servicios comunes, con la cesión temporal de naves industriales o espacios de trabajo a empresarios individuales o a pequeñas y medianas empresas, mediante el pago, en su caso, de un precio público.
El proyecto de la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid tuvo su origen en la Factoría Industrial de Vicálvaro, constituida por 15 naves industriales de igual tamaño inicial, situada en la calle Dehesa Vieja, 8. Ha continuado con un nuevo centro en Villaverde, compuesto por 13 naves, de distintas superficies, ubicada en la avenida Real de Pinto, 162. A ellas se incorpora la Factoría del Distrito de Villa de Vallecas, con 14 naves, construida en la avenida Cartagena de Indias, 50.
El procedimiento de acceso a los servicios que se prestan en la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid y a la concesión demanial de una de sus naves está actualmente recogido en la Resolución de 7 de septiembre de 2021 del Director General de Economía, por la que se aprueba la convocatoria pública para la constitución de una bolsa de proyectos empresariales y para la concesión demanial de las naves industriales.
Esta resolución persigue los mismos objetivos integrando las experiencias de gestión de estos años. Para ello, además de dar una nueva redacción a muchos apartados, se efectúa una separación fáctica entre las normas que corresponden a la regulación de los servicios que se prestan en las factorías y a la concesión demanial de naves industriales, que se recogen en el anexo I, y las que se refieren a la convocatoria pública para acceder a esta concesión demanial, agrupadas en el anexo II.
Por ello, en el anexo I se detallan los servicios que se prestan en la Red de Factorías, las condiciones básicas de las concesiones demaniales, su plazo, quiénes pueden ser beneficiarios, el precio público a abonar, la utilización del espacio de trabajo compartido o colaborativo (coworking) y del resto de espacios comunes, así como las causas de extinción de la prestación de servicios y de la concesión demanial.
Finaliza este anexo I con la creación de la Comisión Técnica de la Red de Factorías Industriales, que será el órgano colegiado responsable de analizar y debatir todas aquellas cuestiones relativas al funcionamiento de las factorías y que incorpora entre sus miembros a personal experto, seleccionado entre profesionales de entidades de reconocido prestigio.
Por su parte, el anexo II reúne las reglas básicas de la convocatoria pública de solicitud de los servicios y de la concesión demanial de una nave industrial. En este sentido se regula la documentación que deben aportar las empresas, dónde y cuándo deben presentar la solicitud, la instrucción del expediente y su resolución.
Finalmente, y como información, en un anexo III se incorpora la relación de naves con las que cuenta cada factoría industrial, con los metros cuadrados construidos de cada una de ellas, que será la variable de la que dependerá el precio público a abonar por la concesión demanial.
El proyecto de Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid es, en definitiva, una política pública que, si no puede considerarse nueva, resulta al menos original para abordar la reindustrialización y recualificación de la industria local, desplegada con el fin de crear una masa crítica de empresas industriales que traccione el ecosistema económico de la ciudad. Esta resolución debe ser el soporte administrativo que estructure y organice su funcionamiento.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 10.º 2 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar las normas que regulan los servicios prestados en la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid, que se recogen en el anexo I.
SEGUNDO.- Aprobar las bases de la convocatoria pública para el acceso a los servicios de la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid y a la concesión demanial de naves industriales, que se recogen en el anexo II.
TERCERO.- La interpretación, aplicación o efectos de esta resolución corresponderá a la Dirección General de Economía.
CUARTO.- Todas las remisiones que se realizan en esta resolución a la Dirección General de Economía y sus unidades administrativas, deben entenderse realizadas al centro gestor con competencia patrimonial y de servicios en las factorías industriales.
QUINTO.- Disposición transitoria.
1. Las solicitudes que no hayan sido resueltas a la entrada en vigor de esta resolución se resolverán conforme al procedimiento en ella establecido.
2. Las concesiones demaniales vigentes tendrán como plazo de duración el regulado en la resolución con base en la cual fueron concedidas.
SEXTO.- Disposición derogatoria.
Queda derogada la Resolución de 7 de septiembre de 2021 del Director General de Economía por la que se aprueba la convocatoria pública para la constitución de una bolsa de proyectos empresariales y para la concesión demanial de las naves industriales de la Red de Factorías Industriales de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 24 de septiembre de 2021).
SÉPTIMO.- Disposición final.
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 6 de noviembre de 2025.- La Directora General de Economía, María Jesús Romero de Ávila Torrijos.