BOAM nº 10247 (04/11/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
4180
Resolución de 22 de octubre de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 4 de junio de 2026, por la que se aprueban las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de personal funcionario de carrera de Operario/a de Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid.Advertido un error material en la Resolución de 4 de junio de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Operario/a de Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 10.148, de 16 de junio de 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de la competencia atribuida por el apartado 14.º 1.2 del Acuerdo de Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en la Resolución de 4 de junio de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Operario/a de Servicios Generales del Ayuntamiento de Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 10.148, de 16 de junio de 2026, en el siguiente sentido:
En la base CUARTA, donde dice:
"La prueba para el acceso a esta categoría estará integrada por un solo ejercicio que consistirá en contestar un cuestionario tipo test teórico-práctico que estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:
- 45 preguntas de tipo teórico correspondientes al temario del Grupo I y II del programa que figura como Anexo a estas bases.
- 10 preguntas de tipo práctico, correspondientes al temario del Grupo II del programa que figura como Anexo a estas bases.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de 65 minutos".
Debe decir:
"La prueba para el acceso a esta categoría estará integrada por un solo ejercicio que consistirá en contestar un cuestionario tipo test teórico-práctico correspondiente al temario del programa que figura como Anexo a estas bases, que estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, distribuyéndose las preguntas de la siguiente forma:
- 45 preguntas de tipo teórico.
- 10 preguntas de tipo práctico.
El tiempo para la realización de este ejercicio será de 65 minutos".
SEGUNDO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a la fecha de publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de conformidad con los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Madrid, a 22 de octubre de 2026.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.