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BOAM nº 10051 (26/01/2026)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

222

Acuerdo de 22 de enero de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía.

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 

Mediante Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció la organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía.

 

El presente acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, en el sentido de atribuir rango de coordinación general al Gabinete de la Alcaldía, con el fin de reflejar organizativamente sus funciones de planificación y comunicación estratégica, la coordinación transversal de la acción de gobierno y su relación con órganos superiores y directivos dentro del organigrama municipal.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, a propuesta de la titular de la Coordinación General de la Alcaldía, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 22 de enero de 2026,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Modificar el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, en los términos que se indican  a continuación:

 

Uno.- En el apartado 1.º, se modifica el punto 3, que queda redactado en los siguientes términos:

 

"3. Gabinete de Alcaldía, con rango de coordinación general".

 

Dos.- En el apartado 4.º, se añade un nuevo punto 5.3, que queda redactado en los siguientes términos:

 

"5.3. Ejercer las competencias previstas en el apartado 6.º 4, 5 y 6 en el ámbito competencial de la Asesoría Jurídica".

 

Tres.- En el apartado 5.º, se añade una nueva letra b) al punto 7.3, que queda redactada en los siguientes términos:

 

"b) Ejercer las competencias previstas en el apartado 6.º 1, 2 y 3 respecto de los programas presupuestarios de la Asesoría Jurídica y del Gabinete de Alcaldía".

 

Cuatro.- En el apartado 7.º, se añade una nueva letra g) al punto 1, que queda redactada en los siguientes términos:

 

"g) Ejercer las competencias previstas en el apartado 6.º 4, 5 y 6 en el ámbito competencial del Gabinete de Alcaldía".

 

SEGUNDO.- El titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda adoptará las modificaciones de la plantilla de personal y de la relación de puestos de trabajo que resulten necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente acuerdo.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.1 g) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, por el titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda se procederá, en su caso, a la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de la estructura orgánica establecida en el presente acuerdo.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta al titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo, así como para dictar las resoluciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del mismo.

 

QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

SEXTO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado.

 

Madrid, a 22 de enero de 2026.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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