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BOAM nº 10180 (30/07/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

2998

Resolución de 27 de julio de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se resuelve el proceso selectivo convocado para proveer 21 plazas de personal laboral fijo de la categoría de Técnico/a Auxiliar Actividades Deportivas (Técnico/a Salvamento Socorrismo) del Ayuntamiento de Madrid (contrato fijo discontinuo).

Por Resolución de 11 de abril de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.862, de 16 de abril de 2025), fueron convocadas pruebas selectivas para proveer, como personal laboral fijo, 21 plazas a la categoría de Técnico/a Auxiliar Actividades Deportivas (Técnico/a Salvamento Socorrismo) del Ayuntamiento de Madrid (contrato fijo discontinuo).

 

Finalizado el proceso de selección, el órgano de selección ha publicado la relación de aprobados por el orden de puntuación alcanzado, elevándola, simultáneamente, al titular del órgano competente para su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, iniciándose a partir del día siguiente el plazo para que los aspirantes puedan presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, todo ello de conformidad con lo dispuesto en la base octava de las bases generales que rigen la convocatoria, aprobadas por Resolución de 15 de junio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.162, de 20 de junio de 2022).

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 172, de 21 de julio de 2023).

 

En su virtud

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Declarar que han superado el proceso selectivo las personas aspirantes incluidas en la relación que se incorpora como anexo de la presente resolución, de conformidad con la propuesta del órgano de selección del proceso selectivo convocado por Resolución de 11 de abril de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.862, de 16 de abril de 2025), para proveer como personal laboral fijo 21 plazas a la categoría de Técnico/a Auxiliar Actividades Deportivas (Técnico/a Salvamento Socorrismo) del Ayuntamiento de Madrid (contrato fijo discontinuo), con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos.

 

SEGUNDO.- Por el órgano competente se procede a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de aspirantes, incorporada como anexo a la presente resolución.

 

TERCERO.- Disponer la publicación, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de los puestos a ofertar a los aspirantes.

 

CUARTO.- De conformidad con lo previsto en el apartado 11 de las bases generales y al objeto de ser nombrados como personal laboral fijo en la categoría de Técnico/a Auxiliar Actividades Deportivas (Técnico/a Salvamento Socorrismo) del Ayuntamiento de Madrid, los aspirantes propuestos deberán presentar dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los documentos que a continuación se relacionan:

 

- Estar en posesión del título de graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o equivalente, o certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos necesarios para su expedición.

 

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

 

- Estar en posesión de la titulación, formación académica mínima o inscripción, establecidas en el artículo 2 y disposición transitoria de la Orden 1239/21, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la formación mínima necesaria para prestar servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural en la Comunidad de Madrid.

 

- Certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia, en el que constará que no existe información penal del/de la interesado/a).

 

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.

 

- Los/las aspirantes que hayan participado por el turno de discapacidad deberán aportar certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, salvo que dicho certificado se hubiera emitido por la Comunidad de Madrid y se hubiera habilitado al Ayuntamiento de Madrid para su consulta en el apartado previsto a tal efecto en la solicitud de admisión. En todo caso, deberán aportar la certificación de compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

 

QUINTO.- Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud de destino y la aportación de los documentos enumerados en el apartado anterior por el canal electrónico a través del enlace "Documentación y elección de destinos de aprobados/as en procesos selectivos" disponible en "Tramitar en línea" en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación a través del mismo, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.c) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada ley, en la redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 27 de julio de 2026.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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