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BOAM nº 10035 (30/12/2025)
Informática del Ayuntamiento de Madrid

4904

Resolución de 18 de diciembre de 2025 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se hace pública la relación del personal municipal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid que ha solicitado ayuda de educación infantil presentada entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025, correspondiente a la convocatoria 2025 y que han resultado concedidas.

De conformidad con el Acuerdo de 21 de noviembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las bases generales de la convocatoria de las ayudas de acción social para 2025 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, publicadas en el BOAM de fecha 25 de noviembre de 2024, para dar cumplimiento al Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos para el período 2019-2022, el personal empleado del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid ha solicitado siguiendo el procedimiento general establecido en el artículo 4 de las citadas bases, ayuda de educación infantil correspondiente a la convocatoria de 2025.

 

En virtud del antedicho precepto, se ha realizado la revisión de las solicitudes presentadas por el personal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid (IAM) entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025, correspondiente a dicha ayuda de educación infantil, y se se comprueba que las solicitudes que se relacionarán cumplen los requisitos para su concesión.

 

Por todo cuanto antecede, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 15.1 de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, en la redacción dada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 29 de noviembre de 2016 (BOAM de 16 de diciembre de 2016),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dada la identidad sustancial de los expedientes individuales de solicitud de ayuda de educación infantil, se procede a su acumulación.

 

SEGUNDO.- Hacer pública esta resolución por la que resultan concedidas al personal del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, las solicitudes de ayuda de educación infantil presentadas entre el 1 y el 30 de septiembre de 2025.

 

TERCERO.- Ordenar la publicación en el canal de Ayre del correspondiente aviso o nota informativa. Se podrá realizar consulta individualizada de las solicitudes que han resultado concedidas, realizando la consulta en Ayre / Mi área personal / Mis ayudas / Solicitar una Ayuda / Ayudas solicitadas. Así mismo se remitirá aviso individualizado al correo personal corporativo de la persona beneficiaria.

 

CUARTO.- Contra esta resolución, el personal funcionario y laboral, podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Gerente del Organismo Autónomo de Informática del Ayuntamiento de Madrid de conformidad con lo que establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

La presentación de la documentación requerida se realizará exclusivamente por vía telemática, en la intranet o extranet municipal Ayre / A mi Ayre / Mis ayudas / Ayudas tramitadas, en la que se incorporará la documentación justificativa requerida escaneada en formato digital (pdf, tiff, .jpg).

 

Madrid, a 18 de diciembre de 2025.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Juan Corro Beseler.

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