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BOAM nº 8338 (15/02/2019)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Resolución de 7 de febrero de 2019 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por el que se ordena la publicación del Acuerdo del Pleno, de 29 de enero de 2019, por el que se aprueba el Reglamento por el que se crea el Consejo de Cultura de la Ciudad de Madrid y se regula su composición y funcionamiento.

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (1/2019), ordinaria celebrada el día 29 de enero de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Primero.- Aprobar el Reglamento por el que se crea el Consejo de Cultura de la Ciudad de Madrid y se regula su composición y funcionamiento, que se acompaña al presente Acuerdo.

 

Segundo.- Publicar en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" este Acuerdo y el texto del Reglamento que constituye su objeto".

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3 e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.

 

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

 

REGLAMENTO POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO DE CULTURA DE LA CIUDAD DE MADRID, Y SE REGULA SU COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO

 

La búsqueda de nuevas formas de participación más activa y directa en la toma de decisiones públicas es uno de los temas esenciales de las democracias avanzadas, y es también un debate abierto respecto de la integración de estas prácticas en el marco existente de políticas culturales.

 

Madrid posee un ecosistema cultural de gran riqueza y diversidad. En el territorio madrileño converge la acción de asociaciones, sindicatos, plataformas, colectivos, empresas, profesionales, espacios, festivales, quienes se dedican a la creación y artistas independientes; así como instituciones culturales públicas y privadas, nacionales e internacionales. Y, por supuesto, a la mayoría de la ciudadanía interesada e implicada en la cultura de su ciudad.

 

Madrid dispone ya de otros Consejos Sectoriales en diferentes ámbitos, sin embargo y a diferencia de otras grandes ciudades, no ha tenido su propio Consejo de Cultura. Así pues, atendiendo a la sensibilidad e histórica demanda del sector cultural, se crea este espacio estable y organizado para el encuentro, el diálogo y la participación en la política cultural municipal, como un instrumento fundamental para contribuir al desarrollo cultural de la ciudad de Madrid.

 

En el marco internacional, el Consejo de Europa desde los años 80 insta a los Estados a fomentar la participación ciudadana, especialmente desde el ámbito local. Del mismo modo, la UNESCO a través de la Convención de la Diversidad de Expresiones Culturales (2005) ratificada por el Reino de España, incluye la cuestión de la participación en el diseño de las políticas culturales desde la Gobernanza y la colaboración con la sociedad civil y también más recientemente, la Observación general nº 21 de Naciones Unidas que trata el derecho a participar en la vida cultural, no solo entendida como acceso a las actividades culturales, sino a la participación en las políticas públicas. Asimismo desde Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU) se recoge en la Agenda 21 de la Cultura, de la que Madrid es parte, que la cultura es el cuarto pilar del desarrollo urbano.

 

En el ámbito iberoamericano, la Carta Cultural Iberoamericana reconoce entre sus principios la participación, la transversalidad y la complementariedad con el resto de políticas públicas.

 

En el sistema jurídico español, la Constitución española establece en sus artículos 9.2, 23.1 y 44, la obligación de los poderes públicos de promover el derecho de acceso a la cultura, así como de facilitar la participación en la vida política, económica, cultural y social. A su vez, el artículo 69 de la Ley de Bases de Régimen Local dispone que "las corporaciones locales facilitarán la participación de todos los ciudadanos en la vida local".

 

En el caso de Madrid, la Ley 22/2006 de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, en el artículo 19.3 establece que la administración del Ayuntamiento de Madrid actúa de conformidad con el principio de participación en sus relaciones con los ciudadanos, cuando recoge que "en sus relaciones con los ciudadanos actúa de conformidad con los principios de transparencia y participación".

 

En consecuencia, la participación ciudadana no es una unidad orgánica de determinado rango administrativo, sino una política transversal a aplicar en toda la Administración Municipal.

 

Para comprender el significado y el papel de la gobernanza participativa en la cultura, es importante explorar varios aspectos; los cambios en el contexto sociopolítico, los efectos culturales y sociales de los nuevos modelos de gobernanza, además de los modos y los niveles de participación de todas las partes interesadas relevantes en la toma de decisiones, así como la reorganización de los roles de cada uno.

 

Teniendo en cuenta las competencias en materia de cultura del Ayuntamiento de Madrid recogidas en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del área de gobierno competente en materia de cultura, y la necesidad de colaborar con el área competente en materia de participación ciudadana en el desarrollo de las iniciativas ciudadanas y plataformas de participación en las competencias específicas del Área, el Ayuntamiento de Madrid cree necesaria la creación de un Consejo de Cultura de la ciudad de Madrid, que se convertirá en el lugar adecuado para promover el asesoramiento y diálogo en torno a todas las actuaciones que se estimen necesarias para el fomento e impulso de las políticas culturales en la ciudad de Madrid.

 

El Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, aprobado en sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha 31 de mayo de 2004, regula en su título IV, capítulo II, los denominados "Consejos Sectoriales" como órganos de participación, de carácter consultivo, que canalizan la participación de la ciudadanía y sus asociaciones en los grandes sectores o áreas de actuación municipal. Su finalidad es facilitar asesoramiento y consulta a los responsables de las distintas áreas de actuación municipal.

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