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BOAM nº 7908 (19/05/2017)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias

1101

Decreto de 10 de mayo de 2017 del Delegado el Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se dispone una corrección de error del Decreto de 22 de febrero de 2017 por el que se convoca una Bolsa de Trabajo de funcionarios interinos de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil.

Advertido error en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 7860 de 6 de marzo de 2017, en el que se publicaban las Bases que rigen la convocatoria de una Bolsa de Trabajo de funcionarios interinos de la categoría de Técnico Auxiliar de Transporte Sanitario del Ayuntamiento de Madrid para el Servicio de Emergencia Extrahospitalaria SAMUR-Protección Civil, incorporadas como anexo en el Decreto de 22 de febrero de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

 

DISPONGO

 

Primero.- Rectificar el error material del mencionado Decreto de 22 de febrero de 2017, en el siguiente sentido:

 

Donde dice:

 

"6.2. FASE DE CONCURSO.

 

6.2.1. Será objeto de valoración la carrera profesional y formativa de los aspirantes, conforme a los méritos que a continuación se relacionan:

 

C) Investigación.

 

Se valorará cada póster, comunicación o publicación relacionada con la emergencia sanitaria, hasta tercer autor, con un máximo de 0,50 puntos, según el siguiente desglose:

 

- Póster expuesto: 0,10 puntos.

- Póster defendido o comunicación oral: 0,25 puntos.

- Ponencia: 0,35 puntos.

- Publicación o artículo en revista científica: 0,50 puntos.

 

En ningún caso la puntuación total por formación e investigación podrá exceder de 4 puntos".

 

Debe decir:

 

"6.2. FASE DE CONCURSO.

 

6.2.1. Será objeto de valoración la carrera profesional y formativa de los aspirantes, conforme a los méritos que a continuación se relacionan:

 

C) Investigación.

 

Se valorará cada póster, comunicación o publicación relacionada con la emergencia sanitaria, hasta tercer autor, con un máximo de 0,50 puntos, según el siguiente desglose:

 

- Póster expuesto: 0,10 puntos.

- Póster defendido o comunicación oral: 0,25 puntos.

- Ponencia: 0,35 puntos.

- Publicación o artículo en revista científica: 0,50 puntos.

 

En ningún caso la puntuación total por investigación podrá exceder de 4 puntos."

 

Segundo.- Contra la presente resolución no cabe recurso alguno al tratarse de un acto de trámite no susceptible del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por no decidir el fondo del asunto, ni determinar la imposibilidad de continuar el procedimiento o producir indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

 

Tercero.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, a efectos de su conocimiento general.

 

Madrid, a 10 de mayo de 2017.- El Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, José Javier Barbero Gutiérrez.

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