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BOAM nº 9140 (19/05/2022)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

1492

Decreto de 17 de mayo de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se modifica el decreto de 28 de abril de 2022 por el que se nombra el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 160 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de movilidad sin ascenso, para el personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Por el Coordinador General de Seguridad y Emergencias se ha formulado propuesta de modificación del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 160 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de movilidad sin ascenso, para el personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, convocadas mediante Resolución de 16 de diciembre de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 9.037, de 17 de diciembre de 2021).

 

Esta modificación responde a la necesidad de sustituir al secretario suplente, D. José Antonio Guerrero Mansilla, en virtud de escrito de renuncia presentado por el propio interesado con fecha 10 de mayo de 2022.

 

La composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajustará a lo previsto en el punto 3 de las bases específicas que rigen la convocatoria de las pruebas selectivas publicadas en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 9.037, de 17 de diciembre de 2021, y en el punto 7.3 de las bases generales por las que se rige el proceso selectivo, publicadas el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 8.753, de 21 de octubre de 2020.

 

Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.º 2.9 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En consecuencia, en uso de las competencias mencionadas en el párrafo anterior,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar el Decreto 28 de abril de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 160 plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por el sistema de movilidad sin ascenso, para el personal funcionario de otros Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid, en los términos que se indican a continuación, en relación con la secretaría:

 

Nombrar a D. Javier Ruiz Gil secretario suplente del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 16 de diciembre de 2021 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, para el acceso por el sistema de movilidad sin ascenso a la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, en sustitución de D. José Antonio Guerrero Mansilla.

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 112, 115, 116, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

 

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin prejuicio de que la persona interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 17 de mayo de 2022.- La Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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