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BOAM nº 9131 (05/05/2022)
Agencia Tributaria Madrid

1349

Resolución de 29 de abril de 2022 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que por la que se aprueban las bases y se inicia el procedimiento para la asignación de funciones relativas a la práctica de notificaciones a funcionarios en la Agencia Tributaria Madrid.

Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de febrero de 2009 se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos de 22 de diciembre de 2008 sobre atribución a determinado personal de las funciones de agente notificador (en adelante, Acuerdo de 22 de diciembre de 2008).

 

En el mencionado acuerdo se establece que una vez determinado por la Administración el número de agentes notificadores considerados necesarios en cada uno de los distritos, así como en cada una de las áreas de gobierno y en cada organismo autónomo se establecerá el procedimiento para la asignación individualizada de las funciones de agente notificador.

 

Mediante Decretos de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal de 24 de marzo y 11 de abril de 2022, se estableció en diez el número de agentes notificadores en el ámbito de la Agencia Tributaria Madrid por lo que procede iniciar el proceso regulado en el apartado tercero, punto cuatro, párrafo segundo del Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, que posibilite la cobertura de estas funciones mediante la aprobación de las bases que habrán de regir la convocatoria.

 

Con base en todo lo expuesto, de conformidad con el mencionado Acuerdo de 22 de diciembre de 2008, y en el resto de la normativa de aplicación, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar las bases del proceso N-1/2022 por las que se ha de regir la asignación de las funciones relativas a la práctica de notificaciones, que se adjuntan a esta resolución.

 

SEGUNDO.- Iniciar el procedimiento para la asignación individualizada de las funciones de agente notificador en el organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el/la demandante o en los de Madrid, a elección de aquel/aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que los/las interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 29 de abril de 2022.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

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