BOAM nº 9722 (23/09/2024)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
3135
Acuerdo de 19 de septiembre de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la modificación del Reglamento de Prestación del Servicio de los Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (Mercamadrid).El artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que, con carácter previo a la aprobación de una norma, se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la correspondiente Administración en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma, y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicho artículo, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobó, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016, las directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, que establecen en su apartado 2.1 que dicha consulta será exigible con carácter previo a la redacción del texto de los proyectos de ordenanzas y reglamentos que se someten a la aprobación de la Junta de Gobierno.
El funcionamiento de los mercados centrales o mayoristas se regula en el Reglamento de Prestación del Servicio de los Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (Mercamadrid), aprobado por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 6 de abril de 1984.
Sobre estas instalaciones Mercamadrid tiene una concesión administrativa que finaliza el 29 de enero de 2032. En esta misma fecha finalizan las autorizaciones para ocupar puestos mayoristas. No obstante, este plazo de vigencia de las autorizaciones puede ser objeto de ampliación mediante una modificación del reglamento.
La modificación está dirigida a asegurar la continuidad de la prestación del servicio público de los mercados centrales mayoristas de frutas y verduras y de pescados y hacerlo de la manera más ordenada posible conforme al modelo de gestión de la unidad alimentaria que decida el Ayuntamiento de Madrid en 2032.
El acuerdo tiene por objeto aprobar la realización de la consulta pública previa, por el plazo de 15 días naturales con carácter previo a iniciar la redacción y tramitación de la modificación que se pretende aprobar.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de las Directrices sobre la consulta previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 19 de septiembre de 2024,
ACUERDA
PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la modificación del Reglamento de Prestación del Servicio de los Mercados Centrales de Abastecimiento de Madrid, S.A. (Mercamadrid), durante un plazo de 15 días naturales.
SEGUNDO.- El acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
Madrid, a 19 de septiembre de 2024.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.