Saltar navegación

BOAM nº 7553 (04/12/2015)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

2197

Resolución de 2 de diciembre de 2015 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la Resolución de 1 de diciembre de 2015 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establecen excepciones de carácter puntual al régimen ordinario de descansos de las licencias de autotaxi para todos los domingos del mes de diciembre de 2015.

En virtud de lo establecido en el punto 5.º, apartado 11.5 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015), y a los efectos previstos en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC),

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación de la Resolución de 1 de diciembre de 2015 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establecen excepciones de carácter puntual al régimen ordinario de descansos de las licencias de autotaxi para todos los domingos del mes de diciembre de 2015, con el siguiente contenido:

 

"Considerando el régimen ordinario de descansos correspondiente a los sábados y los domingos establecido en la Resolución núm. 317549 de 17 de diciembre de 2014 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece para el año 2015 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos y los turnos de descanso durante el período estival.

 

Considerando la mayor actividad de ocio nocturno relacionada con el periodo prenavideño y navideño y las diversas festividades que tienen lugar a lo largo del mes de diciembre, con especial incidencia en los fines de semana, y, por tanto, la previsión de una mayor demanda del servicio de autotaxi y la necesidad de refuerzo de este transporte público.

 

Visto lo dispuesto en el apartado cuatro del artículo 37 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, aprobada en el Pleno del Ayuntamiento de 28 de noviembre de 2012 y modificada en el Pleno de 30 de julio de 2014 (BOCM de 13 de agosto), en virtud del cual: "El órgano municipal competente podrá establecer excepciones de carácter puntual para fechas concretas por razón de festividades, celebración de eventos o acontecimientos y cualquier otro de naturaleza excepcional en el que se prevea una mayor demanda del servicio de autotaxi. Las excepciones de carácter puntual podrán establecerse indistintamente para todas las licencias de autotaxis o exclusivamente para las licencias de autotaxis que tengan adscrito un vehículo eurotaxi".

 

En uso de las atribuciones conferidas por el punto 11.º, apartado 1.2 b), del Anexo del Acuerdo del 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,

 

RESUELVO

 

PRIMERO: Con carácter excepcional, durante el mes de diciembre de 2015 podrán prestar servicio todas las licencias entre las 2 h y las 6 h de todos los domingos.

 

SEGUNDO: La presente resolución surtirá efectos desde la fecha en que se dicte, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

TERCERO: Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente".

 

Madrid, a 2 de diciembre de 2015.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, José María Vicent García.

Subir Bajar