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BOAM nº 8539 (10/12/2019)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2309

Acuerdo de 5 de diciembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba someter a consulta pública previa la modificación de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando que con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

Se pretende llevar a cabo la modificación de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid aprobada el 27 de julio de 2016 con la finalidad de adaptar la misma al marco jurídico de aplicación, constituido, a partir de 1 de enero de 2020, no solamente por la normativa básica estatal integrada por la 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno sino también por la Ley 10/2019, de 10 de abril de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

 

Esta modificación tiene, como objetivo fundamental, incrementar la transparencia de la información que debe ser objeto de publicidad activa al propio tiempo que se adapta la regulación que debe aplicarse en el procedimiento de acceso a la información pública en cumplimiento del principio de seguridad jurídica recogido en el artículo 9.3 de la Constitución Española y en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

La Junta de Gobierno ha aprobado las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016.

 

Por ello y para conocer la opinión de la ciudadanía, se considera conveniente someter a consulta pública, las cuestiones generales relativas a esta modificación.

 

El apartado tercero de las Directrices establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 5 de diciembre de 2019,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la propuesta de modificación de la Ordenanza de Transparencia de la Ciudad de Madrid, durante un plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 5 de diciembre de 2019.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Ángela Pérez Brunete.

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