BOAM nº 9854 (04/04/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
1353
Resolución de 28 de marzo de 2025 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental por la que se modifica la Resolución de 27 de marzo de 2018, por la que se dictan instrucciones sobre obligaciones y derechos de las concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado del Contrato Integral de Movilidad en relación con el pago de la tasa a través de aplicaciones de pago por móvil.De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, vigente en lo que se refiere al contrato que interesa en virtud de lo dispuesto por la disposición transitoria primera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, corresponde al responsable de los contratos de gestión de servicios públicos supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada.
La Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de conformidad con el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, es la competente para supervisar la ejecución del contrato integral del servicio público de movilidad, que comprende el Servicio de Estacionamiento Regulado.
Las uniones temporales de empresas (en adelante, UTE) concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado tienen, entre sus obligaciones, la gestión de la recaudación de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital, establecida por la Ordenanza fiscal vigente de 30 de noviembre de 1988. A estos efectos, el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) del Contrato Integral de Movilidad (CIM) establece en su artículo 2, apartado 2.1.1 letra g), que los parquímetros tendrán habilitados una serie de sistemas de pago del servicio por el usuario y que cabrá la posibilidad de ampliar los anteriores sistemas de pago a través de cualquier otro medio, o dispositivo, que en el futuro la tecnología permita.
En virtud de las competencias atribuidas y con la finalidad de que pudiera realizarse el pago de la Tasa por Estacionamiento Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital regulada por la Ordenanza Fiscal citada mediante aplicaciones de pago a través de dispositivos móviles, en desarrollo del PPT se dictó, con fecha de 27 de marzo de 2018, la Instrucción sobre obligaciones y derechos de las UTE concesionarias del Servicio de Estacionamiento Regulado (BOAM núm. 8.126, de 4 de abril de 2018). Esta Instrucción tiene por objeto que cualquier empresa titular de una aplicación de pago a través de dispositivo móvil interesada en operar en la ciudad de Madrid para la prestación del citado servicio de pago de la tasa del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), pueda acceder a la Plataforma Integral de los Sistemas de Información y Comunicaciones, constituida para la gestión de los distintos servicios del CIM, a los solos efectos de transmitir las operaciones efectuadas por los usuarios del SER. Al mismo tiempo se salvaguarda y queda garantizado el control, por parte del Ayuntamiento de Madrid, de la gestión del servicio público de estacionamiento regulado y los principios básicos de libre competencia, igualdad de trato, confidencialidad y certeza.
De acuerdo con lo establecido en el apartado 5.6 de la citada Instrucción aprobada con fecha de 27 de marzo de 2018, la aplicación de pago de la tasa a través de dispositivo móvil ha de encontrarse en todo momento actualizada mediante las versiones que sean necesarias. Para ello deberá adaptarse, en tiempo y plazo, a las posibles modificaciones del CIM, de la normativa vigente y de las instrucciones operativas dictadas por el Ayuntamiento de Madrid.
A los efectos de mejorar la experiencia de usuario y fomentar la adopción de soluciones digitales para la gestión del estacionamiento regulado, se considera necesario introducir nuevas funcionalidades en el uso de las aplicaciones para el pago de la tasa devengada por el estacionamiento regulado tales como la obtención de tique por desaparcado. Con esta nueva función se optimiza el tiempo de estacionamiento, permitiendo a los usuarios ajustar el pago de la tasa a la duración real del estacionamiento en función del tiempo efectivamente utilizado, evitando cargos innecesarios y fomentando un uso más eficiente del espacio disponible.
A su vez, se considera necesario introducir precisiones sobre las distintas tarifas existentes, así como la aplicación de la tarifa dinámica de la tasa del estacionamiento regulado, implementada en 2022 con el objetivo contribuir a la mejora de la calidad del aire. Dicha tarifa se incrementa mediante recargos tasados cuando se superan los niveles de dióxido de nitrógeno (NO2) establecidos por la normativa aplicable.
Con base en lo anterior y en uso a las atribuciones que me confieren el apartado 17.º 1.3 en relación con el 23.º 1.1 y 1.2 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la modificación de la Instrucción por la que se establecen las obligaciones y los derechos de las concesionarias del servicio de estacionamiento regulado del Contrato Integral de Movilidad en relación con el pago de la Tasa a través de aplicaciones de pago por móvil, aprobada por Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de fecha de 27 de marzo de 2018 en el siguiente sentido:
Uno.- Se modifica el número 2 del apartado 3. La Plataforma Integral de los Sistemas de Información y Comunicaciones del CIM, se añade un nuevo número 5, y se renumera el antiguo número 5 pasando a ser el número 6, cuyo contenido se modifica, y que queda redactado en los siguientes términos:
3.- La Plataforma Integral de los Sistemas de Información y Comunicaciones del CIM.
(…)
2. Tarifas de la Tasa por Estacionamiento de Vehículos en Determinadas Zonas de la Capital (en adelante, "Tasa"): Existen distintas tarifas (para los no residentes las tarifas se determinan según la zona de estacionamiento -azul, verde, Ámbito Diferenciado Disuasorio (ADD); alta rotación; Ámbito Diferenciado Hospitalario (ADHOS)-. (…)
5. Función de desaparcado: se permite realizar operaciones de desaparcado de los tiques en curso. El sistema ajusta el pago de la tasa a la duración real del estacionamiento en función del tiempo efectivamente utilizado.
6. Protocolos de contaminación: En caso de activación del Protocolo por alto nivel de NOz, a través de la Plataforma se bloquea la posibilidad de obtención de tiques desde parquímetros y aplicaciones móviles para vehículos con determinados distintivos ambientales. (…)
Dos.- Se modifica el número 3 del apartado 5.4. Información a la Administración que queda redactado en los siguientes términos: