BOAM nº 10051 (26/01/2026)
Agencia para el Empleo
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Resolución de 26 de diciembre de 2025 del Gerente de la Agencia para el Empleo por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones de la Agencia para el Empleo de Madrid dirigida a empresas para facilitar la incorporación y la continuidad en el puesto de personas trabajadoras de reciente contratación (mentoring). Tramitación anticipada. Anualidad 2026.La Agencia para el Empleo de Madrid es un organismo autónomo adscrito al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid que tiene como finalidad, conforme establece el artículo 2 de sus Estatutos, la gestión de las políticas municipales de empleo.
Para el cumplimiento de los fines propuestos se impulsa una convocatoria de subvenciones de carácter anticipado para el año 2026 que se configura como un instrumento idóneo en la aplicación de las políticas activas de empleo dirigidas a mejorar la empleabilidad de colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral y que son los colectivos de actuación preferente de la Agencia para el Empleo de Madrid, con presupuesto de la Agencia para el Empleo, como continuación de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025.
De acuerdo con lo expuesto, en virtud de lo establecido en los artículos 15.1.b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio) y a la vista del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de diciembre de 2025, por el que se autoriza el gasto de un millón de euros (1.000.000 €) destinados a esta convocatoria,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública de subvenciones dirigida a empresas para facilitar la incorporación y la continuidad en el puesto de personas trabajadoras de reciente contratación (mentoring). Tramitación anticipada. Anualidad 2026.
El importe total destinado a esta convocatoria se cifra en un millón de euros (1.000.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 503/140/241.09/470.00 "Subvenciones a empresas privadas para fomento del empleo" del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid del ejercicio 2026. La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.
SEGUNDO.- Publicar la presente convocatoria pública de subvenciones dirigida a empresas para facilitar la incorporación y la continuidad en el puesto de personas trabajadoras de reciente contratación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
CONVOCATORIA
La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de los desempleados y trabajadores, tanto por cuenta ajena o propia, y el fomento del empleo estable y de calidad.
La Estrategia de Empleo de la ciudad de Madrid 2024-2027 diseña, entre otras medidas del Eje de Intermediación, la puesta en marcha de incentivos a empresas para la realización de programas de mentoría (Medida 55).
Entre los retos de dicha estrategia se encuentra el de buscar la complementariedad de los servicios municipales y los prestados por los servicios de empleo de la Comunidad de Madrid, en relación con los programas y actuaciones de orientación, formación e intermediación, ofreciendo a las personas en situación de desempleo y a las empresas servicios coordinados, sin duplicidades y de calidad.
Para el cumplimiento de los fines propuestos se publicó el 31 de enero de 2025 en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la Resolución de 20 de diciembre de 2024 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones dirigida a empresas para la financiación de actividades de mentoring de personas contratadas con especiales dificultades de inserción laboral en la anualidad 2025. Tramitación anticipada. (BOAM n.º 9.809).
La presente convocatoria para el año 2026 se elabora teniendo en consideración los resultados, aprendizajes y gestiones realizadas en el marco de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025, con el objetivo de mejorar los procedimientos, optimizar los recursos disponibles y dar continuidad a las acciones iniciadas.
Se impulsa por lo tanto una convocatoria de subvenciones de carácter anticipado para el año 2026 que se configura como un instrumento idóneo en la aplicación de las políticas activas de empleo dirigidas a incentivar la contratación de personas desempleadas prioritariamente la de los colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral, que son los colectivos de actuación preferente de la Agencia para el Empleo de Madrid, así como el mantenimiento de estas personas en el puesto de trabajo concreto contribuyendo así a aumentar la duración media de permanencia de los contratos indefinidos en la actualidad.
Artículo 1.- Objeto y finalidad.
1. La presente convocatoria tiene por objeto impulsar un programa de ayudas dirigido a empresas para apoyar la contratación indefinida de personas desempleadas, mediante la financiación de diferentes actividades de mentoría orientadas a facilitar su incorporación al nuevo puesto de trabajo y su mantenimiento en el mismo. Se pretende así promover la mejora de la calidad de los contratos con un aumento de su duración media.
2. La concesión de las subvenciones se realizará en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad.
3. Conforme a lo establecido en el artículo 26.5, apartado a), de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos y teniendo en cuenta las singulares circunstancias y razones de interés público, social y económico ligadas a la actual situación del mercado de trabajo y, en particular de las personas que sufren el grave problema del desempleo, la concesión de las presentes ayudas se establece mediante el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, sin órgano colegiado, fijándose la prelación de las solicitudes únicamente en función de su fecha de presentación y obteniendo la subvención las que, cumpliendo los requisitos establecidos, se encuentren dentro de los límites de crédito disponible en la convocatoria y siendo denegadas el resto.