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BOAM nº 7914 (29/05/2017)
Distrito de Arganzuela

1177

Acuerdo del 10 de mayo de 2017 de la Junta Municipal del Distrito de Arganzuela por el que se aprueba inicialmente la relación de situados para Quioscos de Prensa para el año 2018.

La Junta Municipal del Distrito de Arganzuela, en su sesión ordinaria celebrada el 10 de mayo de 2017, ha adoptado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa, el siguiente acuerdo:

 

Aprobar provisionalmente la relación de situados para Quioscos de Prensa para el año 2018 en el Distrito de Arganzuela.

 

Dicha aprobación provisional se entenderá definitiva si no se producen alegaciones durante el plazo de información pública de un mes, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

1.- Situados con autorización vigente:

Paseo Acacias, 1.

Paseo Acacias, 37.

Calle Áncora, 23.

Plaza Beata María Ana de Jesús, 1.

Paseo Delicias, 59.

Paseo Delicias, 78.

Paseo Delicias, 106.

Glorieta Embajadores, 3.

Glorieta Emperador Carlos V, 5.

Calle Jaime el Conquistador, 12.

Paseo Olmos, 20.

Calle Palos de la Frontera, 37.

Paseo Santa María de la Cabeza, 31-33.

Calle Toledo, 144.

Paseo Yeserías, 33.

 

2.- Situados vacantes: Ninguno.

 

3.- Situados de nueva creación: Ninguno.

Plazo de vigencia de las concesiones: Quince años a contar desde el otorgamiento, prorrogable por otros quince hasta un total de treinta años, a petición del interesado (artículos 18 y 19 de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa de 27/02/2009).

 

El procedimiento de otorgamiento de las concesiones, requisitos, documentación y criterios de adjudicación será el establecido en la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de 27 de febrero 2009 (publicado en el BOAM de 17 de marzo de 2009 y el BOCM de 23 de marzo de 2009), modificada por la Ordenanza de 30 de marzo de 2011 de adaptación al ámbito de la ciudad de Madrid de las previsiones contenidas en la normativa estatal y autonómica de transposición de la directiva 2006/123/CE.

 

Asimismo, el quiosco deberá disponer de la preceptiva homologación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ordenanza General sobre Mobiliario Urbano de 01/03/1985.

 

Madrid, a 10 de mayo de 2017.- El Secretario del Distrito de Arganzuela, Antonio Piqueras Asolas.

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