BOAM nº 6119 (10/02/2010)
Distrito de San Blas
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Resolución de 21 de octubre de 2009 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se inicia expediente sancionador a Sueño Mueble, S.L., expediente número 117/2009/05125.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de la resolución de inicio del expediente sancionador por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Servicios Sanitarios y Consumo del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.
Referencia: 117/2009/05125.
Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.
Emplazamiento: Calle Aquiles, 3.
Denunciado: Sueño Mueble, S.L.
Fecha de la denuncia: 28 de enero de 2009.
Hechos denunciados: No se ha atendido el requerimiento efectuado mediante carta certificada con acuse de recibo, en el que se pedía la comparecencia del interesado en la Oficina Municipal de Información al Consumidor de este Distrito el día 8 de octubre de 2009 a las 9.00 h.
Norma infringida: Artículo 125.4 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores, B.O.C.M. de 1 de julio de 2003, en concordancia con el artículo 51.4 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
Calificación y artículo de la sanción: Leve. Artículos 127.2, 128.1, 132.1 e) de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores, B.O.C.M. de 1 de julio de 2003, en concordancia con los artículos 52.2, 53.1 y 54.1 e) de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid y artículo 71.1 a) del Decreto 152/2001, de 13 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.
Sanción prevista: Hasta 3.005,06 euros.
Instructora: Raquel Sanz Abanades.
Secretaria: Ana Vidal Arjona.
Los interesados podrán, durante el plazo de diez días desde la publicación de la presente resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes (artículo 17.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).
Madrid, a 21 de octubre de 2009.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.