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BOAM nº 7034 (25/10/2013)
Distrito de Vicálvaro

2026

Resolución de 14 de mayo de 2013 del Gerente del Distrito de Vicálvaro por la que se impone una sanción a O. E. G. A., con Documento Nacional de Identidad 2762856G, expediente número 119/2012/03540.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio de la resolución de imposición de sanción de expediente sancionador número 119/2012/03540, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, plaza Don Antonio de Andrés, 18.

Referencia: 119/2012/03540.

Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de Vicálvaro.

Emplazamiento: Calle Alpujarras, 4, local 10.

Interesado: O. E. G. A.

Hechos denunciados: Instalación de terraza de veladores sin autorización.

Norma infringida: Artículo 4.1 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 26 de enero de 2007).

Importe de la sanción: 1.501,00 euros.

Fecha de la denuncia: 21 de junio de 2012, a las 17:00 horas.

Contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación:

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este distrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la siguiente normativa:

- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 LRJPAC.

 

Madrid, a 14 de mayo de 2013.- El Gerente del Distrito de Vicálvaro, Faustino Álvarez Menéndez.

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