BOAM nº 9995 (29/10/2025)
Coordinación General de la Alcaldía
3993
Resolución de 24 de octubre de 2025 del Director General de la Oficina Digital por la que se aprueba la actuación administrativa automatizada del procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.En el contexto de las mejoras continuas que exige la modernización de la Administración, la actuación administrativa automatizada está regulada en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en los artículos 13, 20 y 21 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
A su vez, en el Ayuntamiento de Madrid, la actuación automatizada está regulada en los artículos 45 y 61 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de febrero de 2019 (en adelante, OACAE), que han sido desarrollados por el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las Directrices sobre Actuación Administrativa Automatizada en el Ayuntamiento de Madrid, en las que se recogen los criterios comunes para el desarrollo de las actuaciones administrativas automatizadas en la Administración municipal, relativos a su contenido, órganos responsables y procedimiento de elaboración, facilitando así su rápida aprobación y amplia difusión.
El régimen y el procedimiento sancionador de tráfico se regula, fundamentalmente, en el Título V del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, pero también en el Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial y en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018.
La implantación de la actuación administrativa automatizada para la generación y aprobación de determinados actos administrativos en el procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, incluida la notificación de todos los actos administrativos, supondrá un avance respecto a la tramitación anterior, haciendo que dichas actuaciones sean más eficientes y ágiles, con las mayores garantías de calidad para los ciudadanos.
En este sentido, se realiza la automatización de determinados actos de trámite, así como la resolución del procedimiento en los supuestos en los que no es necesaria la intervención de empleado público, dado que se producen por el transcurso del tiempo fijado en la normativa u otras circunstancias objetivas previstas en esta, sin que exista actuación del interesado.
Respecto a la definición funcional, desde el punto de vista del procedimiento y de la supervisión y control del funcionamiento de la actuación administrativa automatizada, así como a efectos de impugnación, son órganos responsables la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, así como la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno por cuanto las notificaciones objeto de automatización comportan el ejercicio de funciones de fe pública competencia de su titular.
El Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid es responsable de la definición de las especificaciones de diseño informático, programación, mantenimiento y supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y del código fuente.
Por lo que respecta a las características técnicas de la actuación administrativa automatizada, entre las diversas opciones posibles, se establece como sistema de firma el realizado a través de código seguro de verificación (en adelante, CSV) que permite el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos por la OACAE y el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Política de Identificación y Firma Electrónicas del Ayuntamiento de Madrid.
La competencia para proponer la actuación administrativa automatizada de la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación corresponde al titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, de conformidad con el apartado 2.2 del anexo I del Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las Directrices sobre Actuación Administrativa Automatizada en el Ayuntamiento de Madrid.
La aprobación de la actuación administrativa automatizada corresponde a la Dirección General de la Oficina Digital, conforme al apartado 9.º 1.1 k) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 9.º 1.1 k) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía,
RESUELVO
PRIMERO.- Aprobar la actuación administrativa automatizada del procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial que se inserta como anexo.
SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 24 de octubre de 2025.- El Director General de la Oficina Digital, Fernando de Pablo Martín.