BOAM nº 10018 (02/12/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
4502
Resolución de 28 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica error material advertido en la publicación de la Resolución de 20 de noviembre de 2025 por la que se dispone el nombramiento como funcionarios/as de carrera de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer, mediante promoción interna independiente, 55 plazas de la categoría de Auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Madrid.Advertido error material en la publicación de la Resolución de 20 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento como funcionarios/as de carrera de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer mediante promoción interna independiente, 55 plazas de la categoría de Auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 10.014, de 26 de noviembre de 2025), consistente en haberse omitido el párrafo correspondiente a la exclusión de D.ª Olga Rojas Gonzalez por no presentar la documentación requerida, por lo que, conforme a lo dispuesto en las bases generales aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020) no puede ser nombrada funcionaria de carrera.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023)
RESUELVO
Rectificar el error material advertido en la publicación de la Resolución de 20 de noviembre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento como funcionarios/as de carrera de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer mediante promoción interna independiente, 55 plazas de la categoría de Auxiliar de Biblioteca del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 10.014, de 26 de noviembre de 2025), publicando el párrafo omitido en la resolución indicada:
"TERCERO.- Dejar sin efectos las actuaciones relativas al nombramiento como funcionario de carrera de la aspirante D.ª Olga Rojas Gonzalez por no presentar la documentación requerida, por lo que, conforme a lo dispuesto en las bases generales aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020) no puede ser nombrada funcionaria de carrera".
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 28 de noviembre de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.