BOAM nº 10161 (03/07/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
2562
Decreto de 1 de julio de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se declara el desistimiento de solicitudes en la convocatoria pública de subvenciones para proyectos vinculados a la colaboración con entidades del tercer sector para las anualidades 2026 y 2027.Por Decreto de 23 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias para proyectos vinculados a la colaboración con entidades del tercer sector para las anualidades 2026 y 2027 (BOAM de 6 de abril), cuya instrucción corresponde a la Dirección General de Participación Ciudadana según el apartado 12 de la convocatoria.
Una vez finalizado el pasado 27 de abril de 2026 el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor procedió a examinar las solicitudes presentadas por las entidades concurrentes a la convocatoria a los efectos de comprobar si reunían los requisitos establecidos en la misma para, en el caso de no ser así, y de conformidad con lo establecido en el apartado 9.1 de la convocatoria, requerir a las entidades interesadas para que subsanasen las deficiencias advertidas o acompañasen los documentos preceptivos en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidas de sus solicitudes, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).
Por parte de la Dirección General de Participación Ciudadana se efectuaron requerimientos de subsanación a un total de 59 entidades solicitantes.
Una vez transcurridos los plazos en los que las citadas entidades habrían de presentar la documentación necesaria para subsanar los defectos, resulta que 51 entidades han atendido el requerimiento realizado en tiempo y forma y subsanado los defectos de que adolecían sus solicitudes; ello sin perjuicio de la valoración que corresponda, en el momento procedimental oportuno, respecto del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.
Respecto de las 8 entidades restantes, la situación es la siguiente:
1. La FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DAÑO CEREBRAL (NIF G41792284) fue requerida para que aportase la siguiente documentación:
Anexo I "Memoria explicativa del proyecto" firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad en el que se indique el importe de cada una de las actividades y el importe total de las mismas de forma que la suma del importe de todas las actividades coincida con el importe total del proyecto que se refleja en el apartado 5 del Anexo I y en el apartado 4 de la solicitud.
Con fecha 20 de mayo de 2026 la entidad aportó Anexo I "Memoria explicativa del proyecto", en cuyo apartado 3 "ACTIVIDADES" figura como suma del importe de todas las actividades la cantidad de 44.155,80 €, que no coincide con el importe total del proyecto que se refleja en el apartado 5 de este Anexo I "PRESUPUESTO TOTAL DEL PROYECTO", ni con el que figura en el apartado 4 de la SOLICITUD "PRESUPUESTO TOTAL DEL PROYECTO BIENAL", cifrados en 55.027,61 €.
En consecuencia, se concluye que la FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE DAÑO CEREBRAL no ha subsanado la deficiencia de que adolecía su solicitud, por lo que, habida cuenta de que, conforme establece el apartado 5.1.e) de la convocatoria, el importe total de proyecto forma parte del contenido necesario del mismo, debe tenerse a esta entidad por desistida de su solicitud de acuerdo con el apartado 9.1 de la convocatoria en relación con los artículos 21 y 68 LPACAP y el artículo 24.10 de la Ordenanza de Bases Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (en adelante, OBRGS).
2. La entidad ASOCIACION ESPAÑOLA DE ANIRIDIA AEA (NIF G81529729) fue requerida para que aportase la siguiente documentación:
Anexo I "Memoria explicativa del proyecto" firmado electrónicamente por el representante legal de la entidad en el que se indique el importe de cada una de las actividades y el importe total de las mismas de forma que la suma del importe de todas las actividades coincida con el importe total del proyecto que se refleja en el apartado 5 del Anexo I y en el apartado 4 de la solicitud.
Con fecha 20 de mayo de 2026 la entidad presenta a través de la sede electrónica la instancia "Aportar documentación" sin adjuntar el Anexo I "Memoria explicativa del proyecto" requerido.
En consecuencia, se concluye que la ASOCIACION ESPAÑOLA DE ANIRIDIA no ha subsanado la deficiencia de que adolecía su solicitud, por lo que, habida cuenta de que, conforme establece el apartado 5.1.e) de la convocatoria, el importe total de proyecto forma parte del contenido necesario del mismo, debe tenerse a esta entidad por desistida de su solicitud de acuerdo con el apartado 9.1 de la convocatoria en relación con los artículos 21 y 68 LPACAP y el artículo 24.10 de la OBRGS.
3. La entidad ASOCIACIÓN ORQUESTA ESCUELA DEL BARRIO (NIF G87516290) fue requerida para que aportase la siguiente documentación:
a) Anexo I Memoria explicativa del proyecto" firmado electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad. El modelo de Anexo I normalizado puede ser descargado del apartado de subvenciones de participación ciudadana del Espacio Asociativo del Ayuntamiento de Madrid.
b) Anexo II .Declaración responsable de proyectos realizados" firmado electrónicamente por quien ostente la representación legal de la entidad. El modelo de Anexo II. Declaración responsable de proyectos realizados normalizado puede ser descargado del apartado de subvenciones de participación ciudadana del Espacio Asociativo del Ayuntamiento de Madrid.
c) Solo en el caso de que la entidad concurra en agrupación de entidades, Anexo III Solicitud entidades agrupadas" correspondiente a las entidades que formen parte de la agrupación, firmado por la persona que ostente la representación legal de cada una de las entidades. El modelo de Anexo III puede ser descargado del apartado de subvenciones de participación ciudadana del Espacio Asociativo del Ayuntamiento de Madrid.
d) Solo en el caso de que la entidad concurra en agrupación de entidades, documento privado un acuerdo de colaboración para la realización conjunta de la actividad subvencionada, suscrito por quien ostente la representación legal de cada una de las entidades que componen la agrupación, en el que constarán:
a. La voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria.
b. Los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación y la cuantía de la subvención a aplicar por cada uno de ellos.