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BOAM nº 9333 (27/02/2023)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo

583

Resolución de 22 de febrero de 2023 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por la que se modifica la resolución de 9 de febrero de 2023, que designa a los miembros de la Comisión de Valoración Permanente del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.

Por Resolución de 9 de febrero de 2023 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, se designó a los miembros de la Comisión de Valoración Permanente del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo (BOAM número 9.323, de 13 de febrero de 2023).

 

Por circunstancias sobrevenidas ha surgido la necesidad de modificar la designación de la secretaría de la comisión.

 

De conformidad con lo dispuesto en la base 4.4.1 del del Acuerdo de 26 de noviembre de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos y en uso de las atribuciones conferidas por el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Modificar la Resolución de 9 de febrero de 2023 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo por la que se designa a los miembros de la Comisión de Valoración Permanente de la citada área de gobierno, en los términos siguientes:

 

En el apartado segundo se modifica el punto 2, que queda redactado como sigue:

"2. Secretaría:

Titular: Jesús Carlos Calvo Holguín.

Suplente: Pilar Dolores Gómez-Ferrer Rincón".

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

II. Directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Madrid, a 22 de febrero de 2023.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, Javier Machetti Bermejo.

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