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BOAM nº 8344 (25/02/2019)
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Resolución de 4 de febrero de 2019 de la Secretaría General Técnica el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible por el que se hace público el Decreto de 21 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, rectificado por Decreto de fecha 31 de enero de 2019, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2018 con destino a actuaciones de rehabilitación y renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el ámbito del área de rehabilitación, regeneración y renovación urbana “Colonia Experimental de Villaverde”.

De conformidad con lo establecido en el apartado 5º, punto 11.5 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

 

                                                               RESUELVO

 

Ordenar la publicación del Decreto de 21 de diciembre de 2018 del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, rectificado por Decreto de fecha 31 de enero de 2019, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2018 con destino a actuaciones de rehabilitación y renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el ámbito del área de rehabilitación, regeneración y renovación urbana "Colonia Experimental de Villaverde", con el siguiente contenido:

 

Artículo 1. Régimen jurídico.

 

La presente convocatoria se rige por la siguiente normativa:

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRS), por Acuerdo de Pleno de 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013), modificada por Acuerdo de Pleno de 31 de mayo de 2017 (BOCM número 138, de 12 de junio de 2017).

Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, aprobado por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible de 14 de junio de 2016, modificado por Decreto del Delegado del Área de fecha 25 de noviembre de 2016.

Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible.

Orden de 2 de octubre de 2015, de la Conserjería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, por la que se declaran las Áreas de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana del Programa V del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal para el período 2013-2016.

 

Artículo 2. Finalidad.

 

La finalidad de las subvenciones objeto de la presente convocatoria es el fomento de las actuaciones de renovación y rehabilitación en los edificios existentes de uso residencial vivienda incluidos en el ámbito del ARRU "Colonia Experimental de Villaverde". La especial vulnerabilidad socio- económica detectada en el ámbito y el deficiente estado constructivo de sus edificaciones hacen necesaria una intervención específica y global que garantice las condiciones de habitabilidad, seguridad y accesibilidad de las mismas, lo que, incluso, en unos muy concretos supuestos, podrá llegar a exigir la ejecución de determinadas actuaciones de demolición y de nueva construcción de todas aquellas edificaciones que técnicamente y por razones de seguridad así lo requieran. Igualmente, las presentes subvenciones fomentarán las correspondientes actuaciones de eficiencia energética en las edificaciones afectadas.

 

Artículo 3. Objetivos generales.

 

Los objetivos generales o estratégicos que se persiguen con esta línea de subvención son los siguientes:

Contribuir a la consecución de una adecuada calidad de vida, y la efectividad de su derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, impulsando y fomentando la ejecución por los propietarios de actuaciones de conservación y rehabilitación, en los edificios existentes de uso residencial vivienda.

Promover la iniciativa social en la realización de las actuaciones que resulten necesarias para garantizar la accesibilidad universal en los edificios de uso residencial vivienda en el ámbito del ARRU "Colonia Experimental de Villaverde".

Avanzar en la reducción del desequilibrio territorial y la cohesión social de la ciudad, mediante el fomento de la ejecución por los propietarios de actuaciones de conservación, rehabilitación y renovación de los edificios existentes de uso residencial vivienda.

Combatir el empobrecimiento energético de determinados sectores de la ciudadanía, respondiendo a los retos medioambientales, mejorando la sostenibilidad y eficiencia energética de los edificios existentes de uso residencial vivienda en el ámbito del ARRU "Colonia Experimental de Villaverde".

 

Artículo 4. Objetivos operativos.

 

De conformidad con el Plan Estratégico de Subvenciones, las actuaciones subvencionables de la convocatoria persiguen los siguientes objetivos operativos:

1.- Promover y apoyar el cumplimento de las obligaciones de las comunidades de propietarios, relativas a la ejecución de las obras y actuaciones necesarias para garantizar los ajustes razonables necesarios en materia de accesibilidad universal.

El efecto que se pretende es conseguir mejorar las condiciones de accesibilidad del patrimonio edificado en todo el término municipal.

2.- Promover y apoyar  el cumplimiento por los propietarios de edificios existentes de uso residencial vivienda, tanto de sus obligaciones derivadas de la vigente Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, como la conservación continua  de los mismos en cualquier momento, propiciando una mejoría  del estado del patrimonio inmobiliario de la ciudad.

El efecto que se pretende conseguir es la progresiva eliminación de aquellos edificios de uso residencial vivienda que se hallen en estado inadecuado, propiciando un incremento de resultados favorables en la Inspección Técnica de Edificios.

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